Calcular Pensión Alimenticia Chile 2026: Montos Mínimos y Máximos

La pensión alimenticia en Chile no es una cifra caprichosa: está regulada por ley, con un mínimo atado al ingreso mínimo mensual y un máximo atado a los ingresos del alimentante. Con el sueldo mínimo en $553.553 desde el 1 de mayo de 2026, los pisos legales se reajustan automáticamente. Aquí te explicamos cómo se calcula, qué considera el juez y cuánto deberías pagar o recibir según cuántos hijos involucra el caso.

Montos mínimos por hijo en 2026

  • 1 hijo: 40% del ingreso mínimo = $221.421 mensuales.
  • 2 hijos: 30% del ingreso mínimo por cada uno = $332.132 mensuales en total.
  • 3 hijos: 30% por cada uno = $498.198 mensuales en total.
  • 4 o más hijos: se mantiene el 30% por hijo, escalando.

Estos pisos rigen para hijos menores de edad y se calculan con el ingreso mínimo que corresponda según la edad del alimentante (artículo 3 de la Ley 14.908): si este tiene más de 65 años o es menor de 18, la base es el ingreso mínimo de $412.938 y el piso para un hijo baja a $165.175. El juez solo puede rebajarlos prudencialmente si el alimentante justifica que carece de los medios para pagarlos.

Monto máximo

La suma de todas las pensiones alimenticias que debe pagar una persona (hijos, ex cónyuge, padres ancianos) no puede superar el 50% de las rentas del alimentante, salvo razones fundadas, teniendo en cuenta el interés superior del niño (artículo 7). Las asignaciones familiares no se cuentan en esa renta. Esta regla evita que una persona quede sin capacidad de subsistencia propia.

¿Qué considera el tribunal?

  • Capacidad económica del alimentante: sueldo, honorarios, patrimonio, deudas.
  • Necesidades del alimentario: edad, educación, salud, actividades extraprogramáticas.
  • Proporcionalidad: ambos padres deben contribuir según sus capacidades.
  • Gastos extraordinarios: tratamientos médicos, matrículas, uniformes, viajes.

Ejemplo práctico

Padre con sueldo líquido de $1.200.000 y dos hijos menores en común con la madre. El mínimo legal es el 30 % del ingreso mínimo por cada uno: $332.132 en total. Si el juez considera que el padre tiene mayor capacidad que la media y los niños tienen gastos de colegio particular, podría fijar $400.000 o más, siempre bajo el tope del 50% ($600.000 en este caso). Si el padre tiene otra hija de matrimonio previo con pensión de $200.000, el total acumulado no puede pasar los $600.000 sin fundamentación especial.

¿Y si el demandado no tiene ingresos formales?

Cuando quien pide alimentos es un hijo menor, la ley presume que el padre o la madre tiene los medios para pagar el mínimo (artículo 3). Le toca a él o ella demostrar lo contrario, y aun así el juez solo puede rebajarlo prudencialmente. Si los alimentos no se pagan o no alcanzan, se puede demandar a los abuelos, salvo que su único ingreso sea una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia. La Ley 21.389 creó además el Registro Nacional de Deudores de Alimentos, que retiene devoluciones de impuestos y bloquea pasaportes o licencias hasta pagar.

Cómo demandar la pensión

  1. Mediación obligatoria: gratuita en los Centros de Mediación Familiar Licitados.
  2. Si no hay acuerdo, se emite un certificado de mediación frustrada.
  3. Con ese certificado se presenta la demanda en el Juzgado de Familia, por la Oficina Judicial Virtual (pjud.cl).
  4. Puedes pedir alimentos provisorios: montos que el juez fija mientras se resuelve el fondo.
  5. La sentencia fija el monto definitivo, que el juez debe expresar en unidades tributarias mensuales (UTM), así que se reajusta con ellas.

Dudas sobre la pensión alimenticia

¿Hasta qué edad se paga la pensión?

Por regla general, hasta los 21 años. Se extiende hasta los 28 si el hijo está estudiando una profesión u oficio, y no tiene límite si le afecta una incapacidad física o mental que le impida subsistir por sí mismo (artículo 332 del Código Civil). Cuándo y cómo se pide que termine lo explicamos en la guía sobre el cese de la pensión de alimentos.

¿El papá que no ve al hijo igual debe pagar?

Sí. La pensión alimenticia es un deber legal independiente del régimen de visitas. Son juicios separados.

¿Se puede rebajar si baja el sueldo?

Sí. El obligado puede demandar una rebaja de pensión probando que sus ingresos bajaron o sus cargas aumentaron. Mientras no haya sentencia, sigue obligado al monto fijado.

¿Se hereda la deuda de alimentos?

Sí, y no solo la deuda. Los alimentos que el fallecido debía por ley gravan la masa hereditaria (artículo 1168 del Código Civil) y se descuentan del acervo antes de repartirlo, como asignaciones alimenticias forzosas (artículo 959). Si parecen desproporcionados a lo que dejó, pueden rebajarse.


Revisa toda la guía de divorcio en Chile. También te puede interesar cómo funciona la pensión alimenticia en caso de divorcio y los tipos de divorcio que existen.

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