Herencias en Chile

Perder a un familiar ya es suficientemente duro. Tener que lidiar con trámites legales encima no ayuda. Pero la realidad es que sin posesión efectiva, los bancos no te sueltan un peso de las cuentas del fallecido, el Conservador no te transfiere la casa y la AFP no te entrega los fondos.

En esta sección te explicamos los tres pasos principales que enfrentan los herederos en Chile: la posesión efectiva, el impuesto a la herencia y el testamento. Con palabras simples, sin jerga de abogado.

Cómo funciona una herencia en Chile

Cuando alguien fallece, todo lo que tenía — cuentas, propiedades, vehículos, fondos AFP, deudas — pasa a sus herederos mediante un proceso llamado sucesión. Si dejó testamento, se reparte según lo que él quiso (con límites legales). Si no dejó testamento, la ley decide quién recibe qué según un orden de prioridad.

En ambos casos hay que tramitar la posesión efectiva antes de poder tocar cualquier bien. No hay atajo: sin ese papel, nadie te entrega nada.

¿Quién hereda si no hay testamento?

La gran mayoría de las herencias en Chile son intestadas (sin testamento). En ese caso, la ley establece un orden estricto:

  1. Hijos y cónyuge: se reparten en proporciones legales. El cónyuge recibe al menos el doble de lo que recibe cada hijo
  2. Padres o abuelos + cónyuge: si no hay hijos, suben los ascendientes. El cónyuge sigue recibiendo su parte
  3. Hermanos: solo si no hay hijos ni padres vivos
  4. Otros parientes hasta el sexto grado (primos lejanos, básicamente)
  5. El Fisco: si no aparece ningún heredero, los bienes pasan al Estado

Un dato que sorprende a muchos: la conviviente civil NO hereda automáticamente como el cónyuge, salvo que exista Acuerdo de Unión Civil (AUC). Sin AUC, la pareja no casada puede quedar fuera de la herencia.

Errores que salen caros

Heredar no es solo recibir. También puedes heredar deudas. Estos son los errores más comunes:

  • No hacer la posesión efectiva: la cuenta del banco queda congelada, la propiedad no se puede vender y los fondos AFP se quedan ahí. Hemos visto familias que pasan años sin resolver esto por flojera o desconocimiento
  • Pasarse del plazo de 2 años para declarar el impuesto: el SII cobra multas e intereses. Y sin el certificado de pago del impuesto, no puedes inscribir propiedades
  • Vender bienes sin haber hecho la partición: si son varios herederos, todos tienen que estar de acuerdo. Vender por tu cuenta puede terminar en juicio
  • Aceptar sin saber qué hay: si el fallecido tenía deudas mayores que sus bienes, puedes terminar pagando de tu bolsillo. La opción segura es aceptar «con beneficio de inventario» o directamente renunciar

Las instituciones involucradas

Dependiendo de tu caso, vas a pasar por una o varias de estas:

  • Registro Civil: posesión efectiva intestada (sin testamento). Se puede hacer online y es lo más rápido
  • Tribunales de Familia: posesión efectiva testada (con testamento). Más lenta, requiere abogado
  • SII: declaración y pago del impuesto a la herencia con el Formulario 4412
  • Conservador de Bienes Raíces: para inscribir propiedades heredadas a nombre de los herederos
  • AFP del fallecido: para solicitar la herencia de fondos previsionales

Si nunca has pasado por esto, el primer paso concreto es la posesión efectiva. Empieza por ahí y el resto sigue naturalmente.

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