Una de las primeras preguntas que surge al heredar es: ¿tengo que pagar impuestos por esto? La respuesta corta es: depende del monto. Chile tiene un impuesto a las herencias (Ley 16.271) con tramos progresivos, pero las herencias modestas entre familiares directos suelen quedar exentas.
Lo que sí fija la ley es el plazo: el impuesto se declara y paga ante el SII dentro de los 2 años desde que se defiere la herencia, por regla general el día del fallecimiento (artículo 50). Si la posesión efectiva se tramita en el Registro Civil y todas las asignaciones están exentas, basta indicarlo en la solicitud para cumplir la obligación de declarar (artículo 60).
Los tramos: cuánto se paga según el monto
El impuesto se calcula por cada heredero, no sobre el total de la herencia. Así que si hay 3 hijos repartiéndose $300 millones, cada uno tributa sobre $100 millones, no sobre los $300. La escala del SII, con la UTM de septiembre de 2026 ($71.721):
- Exención para cónyuge o conviviente civil, hijos, padres y demás ascendientes: las primeras 50 UTA, equivalentes a 600 UTM (unos $43.032.600), no pagan impuesto. La escala que sigue se aplica sobre lo que exceda de esa exención
- Hasta 960 UTM (~$69 millones): 1%
- 960 a 1.920 UTM (~$69M a $138M): 2,5%
- 1.920 a 3.840 UTM (~$138M a $275M): 5%
- 3.840 a 5.760 UTM (~$275M a $413M): 7,5%
- 5.760 a 7.680 UTM (~$413M a $551M): 10%
- 7.680 a 9.600 UTM (~$551M a $689M): 15%
- 9.600 a 14.400 UTM (~$689M a $1.033M): 20%
- Más de 14.400 UTM: 25%
Ojo: si el heredero es un hermano, sobrino, tío o primo (colaterales de segundo a cuarto grado), la exención baja a 5 UTA y la escala se aplica con un recargo del 20%. Si el parentesco es más lejano o no hay parentesco, no hay tramo exento y el recargo sube al 40% (artículo 2).
Exenciones que te pueden ahorrar harto
Antes de asustarte con los porcentajes, revisa si te aplica alguna de estas:
- Cónyuge o conviviente civil, hijos y ascendientes: las primeras 50 UTA por asignación (600 UTM, unos $43.032.600) quedan exentas. Para herencias pequeñas, esto significa cero impuesto
- Heredero inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad: tiene una rebaja del 30% del impuesto determinado, con tope anual de 8.000 UF (artículo 2)
- Seguro de invalidez y sobrevivencia, cuotas mortuorias y desgravámenes: la ley sobre herencias no los afecta (artículo 20). Ojo, desde la Ley 21.420 de 2022 un seguro de vida común sí cuenta, y la aseguradora no puede pagarlo sin el comprobante del impuesto (artículo 54)
- Fondos de la AFP que pasan a la herencia: cuando no hay beneficiarios de pensión de sobrevivencia, el saldo de la cuenta de capitalización o de la cuenta 2 se suma a la masa, pero está exento hasta 4.000 UF (artículo 72 del DL 3.500)
- Deudas del fallecido: las deudas hereditarias se descuentan de la masa antes de calcular, igual que los gastos de última enfermedad y entierro y los de la posesión efectiva (artículo 4).
- Ejemplo de deuda: Si la casa vale $80 millones pero tiene $40 millones de hipoteca, tributas sobre $40 millones netos
Ejemplo con números reales
Supongamos que tu padre fallece y deja $200 millones repartidos entre tú y tu hermana. A cada uno le tocan $100 millones.
- Tu asignación: $100.000.000 ÷ $71.721 (UTM de septiembre de 2026) = 1.394 UTM
- Exención como hijo: 600 UTM, que son las 50 UTA que la ley deja exentas (unos $43.032.600)
- Base imponible: 1.394 − 600 = 794 UTM
- Con esa base caes en el primer tramo, el de hasta 960 UTM, que tributa al 1%
- Impuesto aproximado: 794 UTM al 1% son unas 7,9 UTM, es decir alrededor de $570.000 por cada hijo
En cambio, si tu padre dejaba solo una casa avaluada en $40 millones repartida entre 2 hijos, a cada uno le tocan $20 millones, que son unas 279 UTM. Como la exención por hijo es de 600 UTM, esa herencia no paga nada de impuesto: queda completamente exenta. Ese es el caso de la mayoría de las familias chilenas, y explica por qué conviene calcular antes de asustarse con las tasas de la tabla.
Cómo declarar paso a paso
- Primero necesitas tener la posesión efectiva resuelta
- Entra al portal del SII (sii.cl) con tu Clave Tributaria o ClaveÚnica
- En Servicios online, menú Herencias, abre el Formulario 4412 de declaración y pago del impuesto a las herencias y donaciones, elige si la herencia es intestada o testada y completa el inventario valorizado de los bienes. Desde noviembre de 2021 este formulario en línea sirve para los dos casos y reemplazó al antiguo 4423
- El sistema calcula el impuesto según los tramos. Revísalo antes de confirmar
- Paga en la forma que indique el SII, que habilita medios electrónicos para declarar y pagar (artículo 60). Cada heredero declara y paga lo de su propia asignación, aunque cualquiera puede pagar el de todos (artículo 50 bis)
- Guarda el comprobante de pago: sin él, notarios y Conservadores no pueden autorizar ni inscribir las adjudicaciones de bienes hereditarios (artículo 54)
Si la herencia está exenta, el SII establece cómo se acredita la exención (artículo 60). Y si la posesión efectiva se tramitó en el Registro Civil con todas las asignaciones exentas, la constancia en la solicitud ya cuenta como declaración.
Lo que más preguntan
Se me pasaron los 2 años sin declarar, ¿qué hago?
Declara y paga lo antes posible. Pasados los dos años se debe el interés penal del artículo 53 del Código Tributario, y el SII puede liquidar y girar el impuesto con el inventario y los antecedentes que tenga (artículos 50 y 53). Mientras tanto, sin el comprobante no podrás escriturar ni inscribir las adjudicaciones de los bienes.
No tengo la plata para pagar el impuesto, ¿puedo pedir plazo?
Sí. El artículo 50 permite diferir el pago en cuotas anuales durante tres años, con reajuste e interés. La solicitud se presenta al SII dentro del plazo de dos años, cada cuota vence el 31 de diciembre y quien elige esta vía no puede pedir la condonación de esos intereses.
¿Y si mi padre me regaló plata en vida para evitar el impuesto?
Las donaciones entre vivos tributan con la misma escala, y su exención para hijos y cónyuge es mucho menor: 5 UTA. Además, lo que el heredero recibió del causante en vida se acumula a la herencia y el impuesto se calcula sobre el total, descontando lo ya pagado (artículo 23). No es una vía de escape.
Heredamos una casa de $30 millones entre 3 hermanos, ¿pagamos impuesto?
No. Si los tres son hijos del fallecido, a cada uno le tocan $10 millones, que son unas 139 UTM. Como la exención por hijo llega hasta 600 UTM, la asignación queda completamente exenta y no hay impuesto que pagar.
Si aún no tienes la posesión efectiva, empieza por ahí: cómo tramitar la posesión efectiva. Para planificar en vida, revisa cómo hacer un testamento. Vuelve a la guía de herencias para el panorama completo.
