Las mujeres que ya están jubiladas y reciben una pensión también pueden beneficiarse del Bono por Hijo: si no lo recibieron al momento de jubilarse (porque la legislación no existía o no fue aplicado), pueden solicitarlo retroactivamente. Este bono reconoce los años que las madres destinaron a la crianza de sus hijos, impactando su pensión.
Diferencias según el sistema de pensión
Pensionadas AFP
La Ley 20.255 estableció el Bono por Hijo para el sistema AFP. Si ya eres pensionada AFP y tuviste hijos antes de jubilarte, el bono debería haber sido calculado automáticamente al momento de tu jubilación. Si tienes dudas de si fue aplicado, consulta directamente con tu AFP con el historial de tu pensión.
Pensionadas del IPS (sistema antiguo)
Para las pensionadas del sistema IPS, existe también el Bono por Hijo bajo otras normas. El IPS puede informarte si tienes derecho a algún complemento por hijos no considerado en tu pensión actual.
Cómo verificar si ya lo estás recibiendo
- Revisa tu cartola de pensión mensual: el bono por hijo aparece como línea separada o integrado en el total
- Consulta en la AFP o en el IPS con tu RUT y ClaveÚnica
- En spensiones.cl («Infórmate y Decide») puedes ver el detalle de tu pensión
¿Cuánto es el bono por hijo para pensionadas?
El monto varía según el sistema de pensión en que estás:
- Sistema AFP (Ley 20.255): el bono equivale a 18 meses de la cotización mínima vigente al momento del nacimiento o adopción de cada hijo, más los retornos de inversión acumulados desde esa fecha hasta el momento de tu jubilación. Como referencia, una mujer con un hijo nacido en 2005 puede haber acumulado entre $500.000 y $1.500.000 por ese hijo, dependiendo del rendimiento de la AFP y del salario mínimo de la época.
- Sistema IPS (ex INP): bajo las normas de la Ley 21.190 (Ley Corta Previsional de 2019), se establecieron ajustes específicos en las pensiones del sistema antiguo. El IPS calcula el complemento según las tablas de tu contrato previsional histórico.
Si ya eres pensionada AFP, el bono debería estar incorporado en el cálculo de tu pensión original. Si tienes dudas sobre si fue aplicado o sobre el monto, solicita un estado de cuenta detallado directamente a tu AFP.
Cómo solicitar el bono si no lo estás recibiendo
Si crees que te corresponde el bono pero no lo estás recibiendo, el proceso depende de tu sistema:
- Pensionadas AFP: contacta a tu AFP con tu RUT y ClaveÚnica. Solicita el detalle del cálculo de tu pensión y pide que te expliquen si el Bono por Hijo Nacido Vivo fue aplicado. Si no lo fue y te corresponde, la AFP debe retroactivamente incorporarlo.
- Pensionadas IPS: acude a una sucursal del IPS o a ChileAtiende con tu cédula de identidad. Solicita revisión del historial de tus hijos registrados para verificar si el bono fue considerado.
- En ambos casos, puedes pedir orientación gratuita en la Superintendencia de Pensiones (spensiones.cl o fono 600 830 3000).
Bono Nacido Vivo vs. bono para pensionadas: diferencias
Muchas mujeres confunden estos dos conceptos relacionados pero distintos:
- Bono por Hijo Nacido Vivo (para mujeres en edad de cotizar): se acredita en la cuenta individual AFP cuando la mujer está activa laboralmente o al momento de jubilarse. Va directo a la cuenta de ahorro.
- Bono por Hijo para Pensionadas (objeto de esta página): para quienes ya están jubiladas y no recibieron el bono en su momento. Puede ser reclamado retroactivamente y, al haberse calculado sobre cotizaciones históricas con retornos acumulados, el monto puede ser relevante.
¿Quiénes no tienen derecho a este bono?
El bono por hijo para pensionadas no aplica en todos los casos. No tienes derecho si:
- Recibes exclusivamente la PGU (Pensión Garantizada Universal) sin haber cotizado nunca en AFP ni en el sistema IPS.
- El bono ya fue calculado y aplicado correctamente al momento de tu jubilación.
- Tus hijos no están inscritos legalmente como tales (ni biológicos ni adoptados legalmente).
Preguntas frecuentes
¿Aplica también si adopté hijos?
Sí. La ley reconoce el bono tanto para hijos biológicos como adoptados legalmente. Si adoptaste a un hijo y está inscrito como tal en el Registro Civil, tienes derecho al bono por ese hijo, de la misma forma que si fuera biológico.
¿Hay un plazo para reclamar el bono retroactivo?
La ley no establece un plazo de prescripción específico para reclamar el Bono por Hijo en el sistema AFP: mientras seas pensionada activa y el bono no haya sido aplicado, puedes pedirlo. Sin embargo, no conviene postergarlo porque el cálculo retroactivo es complejo y el trámite puede demorar meses. Contacta a tu AFP cuanto antes.
¿El bono mejora el monto mensual de mi pensión?
Sí, al incrementar el saldo acumulado en tu cuenta AFP (o el complemento en el IPS), el bono se traduce en un mayor monto mensual de pensión. El efecto depende de la cantidad de hijos considerados, los montos históricos del salario mínimo en la época de nacimiento y los retornos de la AFP. En algunos casos la diferencia puede superar los $30.000 a $80.000 mensuales por hijo.
¿Qué hago si la AFP dice que ya aplicó el bono pero yo no lo veo?
Pide a la AFP un estado de cuenta histórico con el detalle del Bono por Hijo Nacido Vivo separado de los demás componentes. Si la información no es clara, escala el reclamo a la Superintendencia de Pensiones (spensiones.cl), que puede revisar el cálculo de la AFP y ordenar una corrección si corresponde.
Consulta todos los bonos del gobierno en Chile. También te puede interesar el Bono por Hijo Nacido Vivo y la PGU 2026.
