Las contribuciones de bienes raíces se pagan online en tesoreria.cl ingresando el rol de la propiedad. Las cuatro cuotas anuales vencen aproximadamente en abril, junio, septiembre y noviembre. El pago online acepta tarjeta de crédito, débito y transferencia. Si pagas en enero, hay un descuento del 10% sobre la primera cuota. El pago fuera de plazo genera recargo por mora.
Pasos para pagar las contribuciones online
- Ingresa a tesoreria.cl.
- Selecciona “Pago de contribuciones”.
- Ingresa el rol de la propiedad: formato XXX-XXXXX, visible en la boleta de contribuciones o en sii.cl buscando por dirección.
- El sistema muestra las cuotas vigentes y atrasadas con sus montos actualizados (incluido interés si hay mora).
- Selecciona las cuotas a pagar y el medio de pago.
- Guarda el comprobante de pago (PDF).
Fechas de vencimiento 2026
| Cuota | Vencimiento aproximado | Descuento disponible |
|---|---|---|
| 1ª cuota | 30 de abril | 10% si pagas en enero |
| 2ª cuota | 30 de junio | — |
| 3ª cuota | 30 de septiembre | — |
| 4ª cuota | 30 de noviembre | — |
Las fechas exactas las confirma el SII cada año. El pago anual anticipado (todas las cuotas en enero) tiene el 10% de descuento sobre el total.
Otros canales de pago de contribuciones
- Sucursales BancoEstado y Caja Vecina.
- Redcompra y tarjetas en establecimientos autorizados.
- App BancoEstado o cuenta corriente bancaria con Rol de propiedad como referencia.
- Presencialmente en la TGR (Tesorería General de la República), aunque el online es más rápido.
Exención de contribuciones: quién no paga
Las propiedades con avalúo fiscal bajo el umbral de exención ($47 millones aprox. en 2026) están exentas del impuesto territorial. También hay exenciones especiales para:
- Adultos mayores de 60 años con jubilación baja.
- Personas con discapacidad calificada por COMPIN.
- Bienes del Fisco, municipios, iglesias e instituciones sin fines de lucro bajo ciertas condiciones.
Para verificar si tu propiedad está exenta: ingresa el rol en sii.cl y revisa el estado del avalúo y la exención aplicada.
Convenio de pago para contribuciones atrasadas
Si tienes contribuciones atrasadas de varios años, la TGR ofrece un convenio de pago en cuotas que detiene la cobranza judicial y congela los intereses adicionales mientras cumples el convenio:
- Ingresa a tesoreria.cl y busca la opción de Convenio de Pago de Contribuciones, o acúde presencialmente a una oficina de la TGR.
- El sistema calcula el monto total adeudado (capital + interés + reajuste) y propone un plan de cuotas.
- Selecciona el número de cuotas que puedes pagar y firma el convenio.
- Paga las cuotas según el calendario acordado. Si incumples una cuota, el convenio puede caducar.
Un convenio vigente detiene el proceso de embargo y permite normalizar la situación sin perder la propiedad. Consulta en tesoreria.cl si hay bonificaciones especiales por pago de deuda antigua vigentes en el año en curso.
Cómo reclamar si el monto de contribuciones tiene un error
Si crees que el monto de tus contribuciones es incorrecto (avalúo muy alto, propiedad mal clasificada, exención no aplicada), el reclamo va ante el SII:
- Ingresa a sii.cl y revisa el avalúo fiscal de tu propiedad ingresando el rol.
- Si el avalúo o la clasificación están mal, puedes presentar una Reclamación de Avalúo ante el SII (presencialmente o por internet).
- El SII tiene plazo para responder. Si no quedas conforme, puedes apelar ante el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA) de tu región.
Preguntas frecuentes sobre el pago de contribuciones
¿Qué pasa si no pago las contribuciones?
Las contribuciones impagas generan interés mensual del 1,5% más reajuste IPC. Pasado cierto tiempo, la TGR inicia cobranza judicial que puede terminar en embargo de la propiedad. Para evitar llegar a esa instancia, existe el convenio de pago en cuotas con la TGR.
¿Puedo pagar las contribuciones de una propiedad que no es mía?
Sí. El pago de contribuciones se puede hacer con el rol de cualquier propiedad, sin importar quién paga. Es común que arrendatarios, hijos o familiares paguen las contribuciones de propiedades ajenas sin ninguna restricción.
¿Puedo pagar sólo las cuotas atrasadas y dejar las vigentes para después?
Sí. El sistema de la TGR permite seleccionar qué cuotas pagar. Puedes ponerte al día con las atrasadas y luego pagar las vigentes en su fecha de vencimiento. Sin embargo, si hay cobranza judicial iniciada, es preferible regularizar todo en un convenio para detener el proceso.
Consulta la guía de la Tesorería General de la República o cómo consultar las contribuciones de tu propiedad.
