Para pedir la rebaja de la pensión de alimentos debes acreditar un cambio sustancial en tu situación económica: pérdida del trabajo, rebaja de sueldo, nueva familia que depende de ti, o enfermedad grave. El proceso es el mismo que para el aumento: mediación previa obligatoria, luego demanda en el Tribunal de Familia. El tribunal puede fijar una pensión provisional reducida mientras dura el juicio.
La rebaja de pensión de alimentos es un derecho del obligado cuando su situación económica ha cambiado significativamente. Dejar de pagar unilateralmente no es la solución: genera deuda, riesgo de RDEPA y arresto. El camino correcto es el proceso judicial. Esta guía explica los fundamentos para pedir la rebaja, cómo acreditar el cambio de circunstancias y qué esperar del proceso.
Causales válidas para solicitar la rebaja
- Pérdida del empleo: quedarse sin trabajo es la causal más común. El tribunal puede fijar una pensión provisional reducida o incluso una cuota mínima mientras el obligado busca empleo, siempre que quede claro que el esfuerzo de búsqueda es real.
- Rebaja significativa del sueldo: si el sueldo bajó por renegociación laboral, por crisis de la empresa, o por un cambio de trabajo a uno menor remunerado.
- Enfermedad o discapacidad sobreviniente: si el obligado contrajo una enfermedad grave que le impide trabajar normalmente o que genera gastos médicos significativos.
- Nuevo grupo familiar dependiente: el nacimiento de otro hijo o la obligación de mantener a padres u otros dependientes puede ser causal de rebaja, ya que la ley considera que el obligado debe mantener a todos sus dependientes.
- El hijo tiene ingresos propios: si el hijo beneficiario empezó a trabajar o tiene otros ingresos que reducen su necesidad de la pensión.
Lo que NO es causal de rebaja
El tribunal rechazará la rebaja si los argumentos son:
- Desacuerdo con el monto original: si ya fue fijado por sentencia, la disconformidad no es causal. Debió apelarse en su momento.
- La pensión es más alta que lo que recibe el cuidador: el interés del menor es el criterio rector. Si el hijo tiene necesidades reales, la pensión debe cubrirlas aunque sea más alta que el sueldo del cuidador.
- El obligado pref iere gastar en otros ámbitos: los gastos personales del obligado (auto nuevo, vacaciones, pareja nueva) no reducen la obligación alimentaria hacia los hijos.
Documentos para acreditar el cambio de circunstancias
- Carta de despido o finiquito: acredita la pérdida del empleo con fecha y monto del último sueldo.
- Certificado de cesantía de la AFC: confirma el período sin cotizaciones.
- Nuevas liquidaciones de sueldo: si el sueldo bajó, comparar las liquidaciones anteriores con las actuales.
- Informes médicos: si hay enfermedad, el informe del especialista y el presupuesto de tratamiento.
- Certificados de nacimiento: si hay nuevos hijos que dependen del obligado.
La pensión mínima: límite inferior
La ley establece que la pensión de alimentos no puede ser inferior al 40% del sueldo mínimo por hijo ($215.600 en 2026) salvo que el obligado acredite que no puede pagarlo. Si la situación es tan precaria que ni el mínimo puede pagarse (por ejemplo, está desempleado sin ingresos), el tribunal puede fijar una cuota simbólica o suspender temporalmente la obligación mientras dura la situación crítica.
Pensión provisional reducida durante el juicio
Una vez presentada la demanda de rebaja, el tribunal puede fijar una pensión provisional reducida para que el obligado no acumule deuda mientras dura el proceso. Para pedirla:
- Indícalo explícitamente en la demanda.
- Adjunta la evidencia del cambio de circunstancias.
- El juez la puede fijar en la primera audiencia.
Importante: la pensión provisional reducida aplica desde la fecha en que el juez la fija, no desde que se presentó la demanda. Los meses entre la presentación y la audiencia se pagan a la tasa anterior.
Preguntas frecuentes sobre la rebaja de pensión
¿Qué pasa si dejo de pagar mientras pido la rebaja?
La deuda se acumula. La demanda de rebaja no suspende la obligación de pagar el monto actual mientras el tribunal no fija uno nuevo. Cada mes sin pagar es una cuota que se añade a la deuda, con riesgo de RDEPA y arresto. Lo correcto es seguir pagando lo que se pueda (aunque sea menos) y al mismo tiempo pedir la rebaja formal con la pensión provisional.
¿Puede el juez subir la pensión si el beneficiario pide prueba de que los ingresos bajaron?
En principio no, si el obligado presentó pruebas sólidas del cambio económico. Sin embargo, el juez tiene la facultad de evaluar la credibilidad de las pruebas. Si hay sospecha de que el obligado oculta ingresos o cambió su situación artificialmente para pagar menos, el tribunal puede pedir informes al SII y al AFC.
Consulta la guía de pensión de alimentos en Chile o cómo pedir el aumento de la pensión.
