La suspensión de la licencia de conducir la decide siempre un juez, nunca Carabineros. Puede venir por manejar bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, por una infracción gravísima (pasar una luz roja, usar el celular al volante o exceder entre 20 y 60 km/h el límite), por acumular infracciones en 12 meses o por deber pensión de alimentos. Su duración va desde unos días hasta años, según la causa.
Todo lo que sigue sale del texto refundido de la Ley de Tránsito, que es el DFL 1 de 2007 del Ministerio de Transportes (la antigua Ley 18.290 ya no se lee sola: sus artículos cambiaron de número al refundirse), y de la Ley 18.287, que regula el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local. Si te retiraron la licencia en un control o te llegó una citación, aquí tienes cuánto puede durar la suspensión, quién la decide, cómo comprobar si la tienes y qué puedes hacer.
Causas de suspensión de la licencia de conducir y cuánto dura cada una
La ley no deja la duración al criterio libre del juez: fija un plazo o un rango para cada caso. Estos son los principales:
| Causa | Suspensión | Artículo (DFL 1 de 2007) |
|---|---|---|
| Infracción gravísima (una sola) | De 5 a 45 días | 207 a) |
| Dos infracciones graves en los últimos 12 meses | De 5 a 30 días | 207 b) |
| Dos infracciones gravísimas en los últimos 12 meses | De 45 a 90 días | 207 b) |
| No dar cuenta a la autoridad de un accidente con solo daños | Hasta 1 mes | 195 |
| Conducir bajo la influencia del alcohol, sin daños | 3 meses | 193 |
| Bajo la influencia del alcohol, con daños materiales o lesiones leves | 6 meses | 193 |
| Conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas, sin lesiones o con lesiones leves | 2 años la primera vez, 5 años la segunda, cancelación la tercera | 196 |
| Sobrepasar en 60 km/h el límite de velocidad | De 6 meses a 2 años la primera vez, hasta 5 años la segunda, cancelación la tercera | 197 quinquies |
Si hay heridos, los plazos suben. Bajo la influencia del alcohol, con lesiones menos graves la suspensión es de 9 meses; con lesiones graves, de 18 a 36 meses, y con lesiones gravísimas o la muerte de alguien, de 36 a 60 meses. En estado de ebriedad, las lesiones menos graves suponen 36 meses de suspensión y las graves, 5 años; si hay lesiones gravísimas o muerte, la sanción ya no es una suspensión sino la inhabilidad perpetua para conducir, además de la cárcel y el comiso del vehículo (artículo 196).
Influencia del alcohol y ebriedad: dónde está la línea
El artículo 111 fija los umbrales: hay influencia del alcohol cuando la prueba da más de 0,3 y menos de 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre, y hay estado de ebriedad desde 0,8 gramos por mil. Lo primero es una falta; lo segundo, un delito con pena de presidio. Con menos de 0,3 no hay falta por alcohol, pero Carabineros todavía puede denunciarte por conducir en condiciones físicas o psíquicas deficientes, que es una infracción grave (artículo 200 n.º 1). El juez, además, no depende solo del alcotest: puede valorar todos los medios de prueba, incluido tu estado general.
Qué cuenta como infracción gravísima
El artículo 199 las enumera. Las que más se ven en la calle son no detenerse ante la luz roja o el disco PARE, conducir sin haber obtenido nunca licencia, manipular el celular u otro aparato sin manos libres y circular sin placa patente o con ella oculta. El exceso de velocidad entra según cuánto pases el límite (artículo 203): hasta 10 km/h es menos grave, de 11 a 20 km/h es grave, entre 20 y 60 km/h es gravísima y, desde 60 km/h por sobre el límite, deja de ser una infracción y pasa a ser el delito del artículo 197 quinquies. La ley da una tolerancia general de 5 km/h para iniciar estas denuncias.
Ojo con un detalle que confunde a mucha gente: una sola infracción grave (por ejemplo, no respetar el paso de un peatón) se castiga con multa, pero no suspende la licencia. La suspensión llega cuando acumulas dos graves en 12 meses. En cambio, una sola gravísima obliga al juez a suspenderla. Las multas de cada categoría las tienes en la calculadora de multas de tránsito.
Cuándo la suspensión se convierte en cancelación
La cancelación es más grave que la suspensión: la licencia deja de existir y no basta con esperar. Según el artículo 208, el juez la cancela si en los últimos 12 meses fuiste responsable de tres o más infracciones gravísimas, o si te suspendieron la licencia tres veces en 12 meses o cuatro veces en 24 meses. También la cancelan la tercera condena por ebriedad y la tercera por exceso de 60 km/h, como se ve en la tabla.
Con la licencia cancelada, pasados dos años puedes pedir una nueva en la Dirección de Tránsito de tu municipalidad, cumpliendo los mismos requisitos que para obtenerla por primera vez, salvo que la sentencia haya fijado un plazo mayor. Si la cancelación vino por alcohol o drogas (artículos 193 y 196), el juez solo puede levantarla cuando han pasado doce años y hay antecedentes nuevos que lo justifiquen.
Paso a paso: cómo se llega a la suspensión
- Carabineros (o el inspector que fiscaliza) te denuncia y retira tu licencia, que envía junto con la denuncia al tribunal o al Ministerio Público. A cambio te entrega una boleta de citación, que te sirve para conducir solo hasta el día y la hora de la audiencia que aparece en ella (artículo 175).
- Si es una infracción de tránsito, la causa va al Juzgado de Policía Local. Si es alcohol o drogas, interviene la Fiscalía y la causa la ve el juez de garantía (artículo 197).
- En los casos de ebriedad o drogas, el juez puede suspenderte la licencia de forma provisoria desde la audiencia de control de detención, como medida cautelar. Ese tiempo se descuenta después de la condena.
- En la audiencia presentas tus descargos y el juez dicta sentencia. La que suspende o cancela una licencia se notifica personalmente o por cédula, no por simple carta certificada (artículo 18 de la Ley 18.287).
- Con la sentencia firme, el tribunal la comunica al Registro Nacional de Conductores del Registro Civil, donde queda anotada (artículo 215).
La acumulación funciona distinto: nadie te detiene. Cuando el Registro Civil ve en tu hoja de vida que se cumplen los requisitos para suspender o cancelar, debe informarlo dentro de dos días hábiles al juez de policía local de tu domicilio registrado (artículo 216), que te cita a una audiencia de descargos. Por eso conviene tener al día el domicilio que figura en tu licencia: la citación llega ahí.
Las penas de suspensión y cancelación no pueden dejarse en suspenso: ni la suspensión condicional del procedimiento ni el artículo 398 del Código Procesal Penal evitan que el juez decrete la suspensión de la licencia en los casos de alcohol y drogas (artículo 197).
Cómo saber si tienes la licencia suspendida
No existe una consulta de «estado de la licencia» como tal. Lo que se consulta es tu hoja de vida del conductor, el certificado del Registro Nacional de Conductores, donde se anotan las infracciones graves y gravísimas, las condenas por manejo en estado de ebriedad y las suspensiones y cancelaciones; también muestra las causas pendientes en un juzgado de policía local. Es gratuito y se pide en el sitio del Registro Civil, en la sección «Vehículos», opción «Certificado de hoja de vida del conductor», con tu ClaveÚnica. También sale en la app Civil Digital y en cualquier oficina del Registro Civil.
Si lo que te preocupa son las multas sin pagar más que la licencia, el certificado es otro: el de multas de tránsito no pagadas.
Cómo recuperar la licencia suspendida
- Cumplir el plazo. La suspensión te impide usar la licencia mientras dura la condena (artículo 208). Cumplido el plazo, recuperas la licencia en el tribunal que la tiene: es al que Carabineros la envió con la denuncia. Pregunta allí qué necesitas para retirarla.
- Pagar la multa cuando la ley lo permite. En las infracciones graves, menos graves y leves sin lesiones ni daños, puedes pagar la multa dentro de quinto día con un 25 % de descuento sin ir a la audiencia, y el juzgado o Carabineros te devuelve la licencia al mostrar el comprobante (artículo 22 de la Ley 18.287). Esto no sirve para las gravísimas, que traen suspensión: en esas tienes que comparecer. Si quieres pagar en línea, mira cómo pagar multas de tránsito.
- Apelar a tiempo. La sentencia del Juzgado de Policía Local que te suspende la licencia se apela ante la Corte de Apelaciones, con un recurso fundado, dentro de cinco días desde la notificación (artículo 32 de la Ley 18.287). Es un plazo fatal: el sexto día ya no se puede. La sentencia que solo impone una multa por una simple infracción de tránsito no es apelable (artículo 33).
Hay una excepción importante a la apelación: la suspensión o cancelación por acumulación de infracciones se decide en un procedimiento especial en el que no procede recurso alguno (artículo 40 de la Ley 18.287). Tu oportunidad es la audiencia de descargos: ve con los antecedentes, por ejemplo si alguna de las anotaciones no es tuya o ya debió eliminarse.
Ejemplo: dos infracciones en el mismo año
Camila pasa una luz roja en marzo y en noviembre la sorprenden manejando con el celular en la mano. Son dos infracciones gravísimas. En cada causa, el juez de policía local tiene que suspenderle la licencia entre 5 y 45 días, además de la multa. Como las dos quedaron anotadas dentro de 12 meses, el Registro Civil avisará al juez de su domicilio y vendrá un proceso por acumulación, con una suspensión de 45 a 90 días que no se puede apelar.
Si antes de que se cumpla un año desde la luz roja comete una tercera gravísima, ya no hablamos de suspensión: son tres en 12 meses y el juez debe cancelarle la licencia. Recién dos años después podría pedir una nueva en su municipalidad.
Consecuencias de manejar con licencia suspendida
No es una infracción más: es un delito. El artículo 209 castiga a quien conduce estando suspendido o inhabilitado con presidio menor en su grado mínimo y multa de hasta 10 UTM. Y si en esa situación te sorprenden bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, la pena de esos delitos sube un grado. Tampoco cuenta como «tener licencia»: el artículo 5 solo permite conducir con una licencia vigente, un permiso provisional que da el tribunal a quien tiene la licencia retenida por un proceso pendiente, o la boleta de citación mientras no llegue la fecha de la audiencia.
Quien explota un taxi, un bus, un furgón escolar o un camión y lo deja conducir a alguien con la licencia suspendida también comete una infracción, con multa de cinco a diez UTM (artículo 194).
La causa que no está en la Ley de Tránsito: deber pensión de alimentos
Hay una suspensión que no tiene nada que ver con cómo conduces. Si debes una o más pensiones de alimentos y sigues sin pagar, el tribunal de familia, a petición de la otra parte, puede suspenderte la licencia hasta por seis meses, prorrogables por otros seis. El plazo corre desde que entregas la licencia al administrador del tribunal, y si la necesitas para trabajar puedes pedir que se interrumpa, siempre que garantices el pago y abones lo que fije el juez en un plazo de hasta quince días (artículo 16 n.º 2 de la Ley 14.908).
Aparte de eso, desde la Ley 21.389 quien figura en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no puede obtener ni renovar la licencia ni sacar un duplicado: la municipalidad debe consultar el Registro y no dar curso a la solicitud (artículo 33 de la Ley 14.908). El juez puede autorizar una licencia de vigencia limitada, de seis meses a un año, si la necesitas para trabajar y garantizas el pago. El resto de las medidas contra el deudor las explicamos en la guía de pensión de alimentos.
Preguntas frecuentes sobre suspensión de licencia
¿Puedo seguir manejando mientras se resuelve mi causa?
Solo con la boleta de citación y únicamente hasta el día y hora de la audiencia que figura en ella. Si el proceso sigue abierto después, tienes que pedirle al tribunal un permiso provisional para conducir, que la ley contempla precisamente para quien tiene su licencia retenida por un proceso pendiente. Sin ese papel, manejar después de la fecha de la citación es conducir sin licencia.
¿Una sola infracción grave me suspende la licencia?
No. Una infracción grave aislada se castiga con multa. La suspensión de 5 a 30 días llega cuando acumulas dos graves dentro de 12 meses. Distinto es el caso de las gravísimas, como pasar una luz roja o usar el celular al volante: basta una para que el juez deba suspenderte la licencia entre 5 y 45 días. Revisar tu hoja de vida te dice cuántas tienes anotadas.
¿Puedo apelar una suspensión por acumulación de infracciones?
No. El procedimiento por acumulación de anotaciones de la Ley 18.287 dice expresamente que contra sus resoluciones no procede recurso alguno. Por eso la audiencia de descargos a la que te cita el juez de policía local es la única instancia: lleva los antecedentes que tengas, como una anotación que no corresponde o que ya cumplía el plazo para eliminarse. Las suspensiones que se dictan dentro de una causa normal sí se apelan, en cinco días.
¿Cuándo se borran las anotaciones de mi hoja de vida?
Las condenas por infracciones graves se pueden eliminar cuando pasan dos años desde la última anotación grave, y las gravísimas cuando pasan tres años desde la última gravísima; cada categoría se cuenta por separado (artículo 217). No es automático: se pide al Registro Civil, en línea con ClaveÚnica o en oficina, pagando un derecho. La condena por manejo en estado de ebriedad primero tiene que eliminarse del Registro General de Condenas.
¿La suspensión se aplica en un estacionamiento o un camino particular?
La Ley de Tránsito rige en las calles, caminos y demás vías públicas, también en los caminos particulares destinados al uso público, y, en lo que sea compatible, en estacionamientos y otros lugares de acceso público (artículo 1). Un estacionamiento de supermercado o un camino vecinal abierto al tránsito no son una excepción. Un predio cerrado y sin acceso de público queda fuera de ese ámbito.
Esta guía es parte de los trámites de vehículos y conducción en Chile. Cuando termine tu suspensión y toque el control, revisa cómo renovar la licencia de conducir.
