El pago de la Asignación Familiar depende de tu situación: si eres trabajador dependiente, te la paga tu empleador cada mes junto al sueldo; si eres pensionado, el IPS o la AFP junto a tu pensión; y si emites boletas de honorarios, el IPS una vez al año. Antes hay que reconocer las cargas familiares.
Mucha gente cree que para cobrarla tiene que «elegir» una Caja de Compensación. No es así: la caja la define la empresa con el voto de sus trabajadores, y lo que sí depende de ti es reconocer bien tus cargas en el canal que corresponde. Esta guía explica los dos pasos.

Quién recibe la Asignación Familiar y por qué cargas
Según el Instituto de Previsión Social, la reciben los trabajadores dependientes del sector público y privado, los independientes que cotizan, los pensionados de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros), quienes reciben subsidio de cesantía o subsidio por incapacidad laboral, y las personas que tienen niños a su cargo por resolución judicial. Las cargas que se pueden acreditar son:
- Cónyuge o conviviente civil con Acuerdo de Unión Civil.
- Hijos, hijas, hijastros e hijastras hasta los 18 años, o hasta los 24 si son solteros y estudiantes regulares de enseñanza media, técnica especializada o superior.
- Hijos inválidos de cualquier edad.
- Nietos y bisnietos huérfanos de padre o madre o abandonados por estos, con los mismos requisitos que los hijos.
- Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad, y la madre viuda.
- La trabajadora embarazada o la cónyuge embarazada, en cuyo caso el beneficio se llama Asignación Maternal.
Montos de la Asignación Familiar vigentes
Los montos los fija el artículo 1 de la Ley 18.987 y los vigentes los puso la Ley 21.830, que rigen desde el 1 de mayo de 2026. Se pagan por cada carga, según tu ingreso mensual:
- Tramo 1: $22.601 por carga, con ingresos de hasta $649.039.
- Tramo 2: $13.870 por carga, con ingresos desde $649.040 hasta $947.990.
- Tramo 3: $4.382 por carga, con ingresos desde $947.991 hasta $1.478.539.
- Sobre $1.478.539: no hay pago, aunque las cargas siguen reconocidas para otras prestaciones y beneficios.
Si recibes la asignación por una carga inválida, el monto es el doble.
Cómo y cuándo se paga, según tu situación
- Trabajador dependiente: tu empleador te la paga todos los meses junto al sueldo, y aparece en tu liquidación.
- Independiente con boletas de honorarios, obligado a cotizar: el IPS te paga una vez al año por cada carga que tengas reconocida al 31 de diciembre, siempre que hayas cotizado todo el año.
- Independiente con boletas, no obligado a cotizar: el IPS te paga una vez al año, solo por los meses que tengas cotizados al 31 de diciembre.
- Independiente que cotiza por cuenta propia: se paga cuando realizas tus cotizaciones o aportes.
- Pensionado: te la paga todos los meses el IPS o la AFP, junto con tu pensión.
- Con subsidio de cesantía o licencia médica: la recibes cada mes junto con el subsidio.
Si eres independiente, puedes revisar tus pagos todo el año en el sitio de ChileAtiende con tu ClaveÚnica, por videoatención o en una sucursal.
Paso previo: reconocer tus cargas familiares
Sin cargas reconocidas no hay pago. El canal depende de si tu empleador está afiliado a una caja:
- Si estás afiliado a una Caja de Compensación (Los Andes, La Araucana, Los Héroes o 18 de Septiembre), pides el reconocimiento por los canales de tu caja.
- Si no, lo haces en el sitio de ChileAtiende con tu ClaveÚnica. Si el sistema te pide documentos, tienes 15 días corridos para adjuntarlos; si pasa ese plazo, tendrás que empezar una solicitud nueva.
- También puedes pedir una videoatención o ir a una sucursal de ChileAtiende. Las personas extranjeras deben hacer el trámite de forma presencial.
Los documentos cambian según quién pide y por qué carga. Como beneficiario, un trabajador dependiente presenta su contrato de trabajo, el detalle de licencias médicas, el certificado de la AFP y una declaración jurada de renta; quien emite boletas, el Formulario 22 y el reporte de boletas de honorarios; y un pensionado, la resolución de su pensión o una liquidación. Por la carga, se pide por ejemplo el certificado de estudios para los hijos de 18 a 24 años, el certificado de discapacidad de la COMPIN para una carga inválida y un certificado validado por la COMPIN con la fecha probable de parto para el embarazo.
¿Puedo elegir mi Caja de Compensación?
No de forma individual. Según la Ley 18.833, la que se afilia a una caja es la entidad empleadora, con el acuerdo de la mayoría absoluta de sus trabajadores en una asamblea con ministro de fe (artículos 11 y 13). Si ninguna caja logra esa mayoría, se vota de nuevo entre las dos más votadas. Para cambiar de caja, la empresa debe llevar al menos seis meses afiliada y se hacen dos votaciones, una para salir y otra para elegir la nueva (artículo 15).
Por eso, si tu empresa está afiliada a una caja, esa es la tuya para efectos de la asignación, aunque tú preferirías otra. Lo que puedes hacer es participar en la votación cuando se convoque. Más detalles en la guía de la Caja de Compensación.
Preguntas frecuentes sobre el pago
¿Por qué no me aparece la asignación en la liquidación?
Lo más habitual es que la carga no esté reconocida, o que tu ingreso haya quedado sobre el tope del tramo 3. Revisa primero si tu carga figura como reconocida en tu caja o en ChileAtiende, y después en qué tramo quedas con tu ingreso actual.
¿Puedo recibir pagos que no cobré en su momento?
Sí, con un tope de cinco años contados desde la solicitud. Antes de pedirlo, descarga tu cartola con ClaveÚnica para verificar los datos y los pagos que ya tienes. La solicitud se hace en una sucursal de ChileAtiende si implica reconocer una carga o si pides el pago directo, o por Previred si tu empleador paga por ese sistema. También puedes autorizar a tu empleador para que haga el trámite.
¿Qué hago si una carga deja de cumplir los requisitos?
Tienes que pedir su extinción dentro de 60 días corridos, por ejemplo cuando un hijo cumple la edad límite sin estar estudiando o cuando termina un matrimonio. Se pide con el formulario de extinción firmado por ti y por tu empleador, más los documentos que la acrediten, en ChileAtiende con ClaveÚnica, por videoatención o en una sucursal. Si estás afiliado a una caja de compensación, se hace por los canales de tu caja.
¿Dónde pregunto si tengo dudas?
En el call center 101 de ChileAtiende, o en el +56 4 4236 20 00 si estás en el extranjero. Si tu empleador está afiliado a una caja, también puedes consultar en los canales de tu caja.
Consulta toda la información sobre las asignaciones familiares en Chile. También te puede interesar qué requisitos necesitas para la Asignación Familiar.
