La demanda de cuidado personal (antes llamada tuición) se presenta ante el Tribunal de Familia de la comuna donde vive el menor. El tribunal evalua el interés superior del niño, la capacidad de cada padre para brindarle cuidado y la relación del menor con cada progenitor. El proceso es gratuito con la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) y suele resolverse en 6 a 12 meses.
¿Quién puede pedir el cuidado personal?
- Cualquiera de los padres puede demandar el cuidado personal del hijo.
- Si los padres no estuvieron casados ni convivieron, la madre tiene el cuidado personal por defecto hasta que el tribunal decida otra cosa.
- Un familiar cercano (abuelo, tío) puede pedir el cuidado personal si ambos padres están ausentes o son incapaces.
Factores que el tribunal considera
- Interés superior del niño: este principio lo domina todo. El tribunal siempre decide lo que es mejor para el menor, no para los padres.
- Vinculación afectiva: qué tan cercana es la relación del menor con cada padre.
- Capacidad de cada padre: situación económica, estabilidad, calidad del entorno de vida, tiempo disponible.
- Voluntad del menor: si el niño tiene edad y madurez suficiente, el tribunal puede escuchar su opinión (generalmente desde los 5-7 años).
- Continuidad: el tribunal tiende a mantener estabilidad; si el menor lleva años con un progenitor, cambiarlo requiere causa justificada.
Tipos de cuidado personal
- Cuidado personal exclusivo: el menor vive con uno de los padres. El otro tiene régimen de visitas (relación directa y regular).
- Cuidado personal compartido: el menor alterna entre los dos hogares. Requiere acuerdo entre los padres y generalmente que vivan cerca.
El proceso paso a paso
- Mediación previa: antes de demandar hay que intentar la mediación familiar; si no hay acuerdo, el mediador entrega el certificado de mediación frustrada.
- Presentar demanda en el Tribunal de Familia con ese certificado (con la CAJ gratuitamente o con abogado particular).
- Audiencia preparatoria: el juez conoce la situación y puede decretar medidas provisionales (cuidado temporal mientras dura el juicio).
- Informe de perito (psicólogo del tribunal): evalúa la dinámica familiar y emite un informe al tribunal.
- Audiencia de juicio: el juez escucha testigos, pruebas y la opinión del menor si corresponde.
- Sentencia: el tribunal asigna el cuidado personal y regula las visitas del otro progenitor.
La mediación previa obligatoria
Antes de presentar la demanda de cuidado personal, la ley exige pasar por una mediación previa obligatoria (artículo 106 de la Ley 19.968), salvo que exista una condena o medida cautelar por violencia intrafamiliar entre las partes. Este proceso busca que los padres lleguen a un acuerdo sin necesidad de litigiar:
- Es gratuita en los centros de mediación licitados por el Ministerio de Justicia (artículo 114); la hora se pide en el Portal de Usuarios de Mediación Familiar o en el centro.
- El mediador es un tercero imparcial inscrito en el Registro de Mediadores, que facilita el diálogo sin decidir por ustedes.
- Si los padres llegan a acuerdo, se redacta y aprueba judicialmente: tiene fuerza de sentencia.
- Si no hay acuerdo, el certificado de mediación frustrada te habilita para presentar la demanda.
Llegar a un acuerdo en mediación es mejor para los hijos: evita el desgaste de un juicio largo y la tensión familiar que conlleva. Si el acuerdo contempla el interés del menor, el tribunal lo ratificará sin mayor trámite adicional.
Preguntas frecuentes sobre la demanda de cuidado personal
¿Puedo quitarle el cuidado personal a mi ex pareja si bebe o consume drogas?
Sí, es una causal válida si se puede probar. El consumo problemático que afecte el cuidado del menor es uno de los argumentos más comunes. El tribunal ordenará informe pericial y puede decretar cuidado personal provisional mientras se resuelve el juicio.
¿Qué pasa con la pensión de alimentos si cambia el cuidado personal?
Si el cuidado pasa de un padre al otro, la obligación de pagar pensión también se modifica. El nuevo cuidador puede solicitar la fijación o modificación de la pensión en el mismo proceso judicial.
¿Puede el menor vivir con los abuelos si ambos padres son declarados incapaces?
Sí. Si ambos padres son declarados incapaces o ausentes, el Tribunal de Familia puede otorgar el cuidado personal a otro familiar cercano: abuelos, tíos, hermanos mayores. El principio rector siempre es el interés superior del niño. El familiar que solicite el cuidado debe demostrar capacidad y condiciones adecuadas para criarlo.
Consulta la guía de tuición o cuidado personal en Chile o cómo funciona la custodia compartida.
