El Régimen Pro-Pyme, creado por la Ley 21.210 (2020), es un sistema tributario simplificado para pequeñas y medianas empresas chilenas que les permite pagar impuestos con menos burocracia, reconocer gastos de forma más rápida y acceder a beneficios específicos. Está regulado en el artículo 14 letra D de la Ley de la Renta (LIR) y es opcional para quienes califican.
¿Quiénes califican para el Régimen Pro-Pyme?
Pueden acogerse las empresas que cumplan todos estos requisitos:
- Ingresos brutos anuales: no superar 75.000 UF (~$3.015 millones en 2026) en promedio de los últimos 3 años
- Capital al inicio de actividades: no superar 85.000 UF si es empresa nueva
- Ingresos pasivos: los ingresos por rentas de capitales, arriendos u otras rentas pasivas no pueden superar el 35% del total de ingresos
- No pertenecer a grupos empresariales cuyos ingresos consolidados superen los límites
Principales ventajas del Régimen Pro-Pyme
Contabilidad simplificada
Las empresas bajo el régimen Pro-Pyme pueden llevar contabilidad simplificada: en vez de contabilidad completa con libros de contabilidad formales, pueden registrar sus ingresos y gastos de forma más simple. Para microempresas (ingresos hasta 25.000 UF), hay opciones aún más simplificadas.
Base tributaria en base a caja
Las empresas Pro-Pyme pueden optar por tributar sobre sus ingresos y gastos cuando se perciben y pagan (base caja), no cuando se devengan (base devengo). Esto es especialmente ventajoso para negocios con clientes que pagan a 30-60 días: no se tributa sobre una factura hasta que realmente se cobra.
Deducción inmediata de activos fijos
Los bienes del activo fijo (maquinaria, computadores, vehículos de trabajo) pueden deducirse como gasto en el mismo año de su adquisición, sin necesidad de depreciarlos a lo largo de los años. Esto reduce la base imponible del año en que se compra el activo.
Tasa de impuesto reducida
La tasa de impuesto de primera categoría para empresas Pro-Pyme es del 25% (vs 27% en el régimen general). Además, los socios o dueños que retiren utilidades pagan impuesto global complementario con un crédito del 100% del impuesto pagado por la empresa, evitando la doble tributación.
Régimen Transparente: opción para microempresas
Dentro del Pro-Pyme, existe una opción aún más simple: el Régimen Transparente para empresas con ingresos hasta 25.000 UF anuales. En este régimen, la empresa no paga impuesto de primera categoría: las utilidades “pasan” directamente a los socios o dueños, quienes tributan en su impuesto global complementario o único. Es el régimen más simple y conveniente para negocios muy pequeños.
Pro-Pyme vs Régimen General: comparativa
| Pro-Pyme | Régimen General (14A) | |
|---|---|---|
| Tasa impuesto | 25% | 27% |
| Contabilidad | Simplificada posible | Completa obligatoria |
| Base tributaria | Caja o devengo | Devengo obligatorio |
| Activos fijos | Deducción inmediata | Depreciación en años |
| Quién aplica | Hasta 75.000 UF ingresos | Empresas grandes |
Preguntas frecuentes
¿Cómo me acojo al Régimen Pro-Pyme?
Al hacer el inicio de actividades en el SII, puedes seleccionar el régimen Pro-Pyme si calificas. Si ya tienes empresa y estás en otro régimen, puedes cambiarte en enero de cada año tributario, informando al SII antes del 31 de enero. El cambio entra en vigor para ese año completo.
¿Puede una persona natural con inicio de actividades usar Pro-Pyme?
Sí. Las personas naturales con inicio de actividades que ejercen actividades comerciales, industriales o de servicios pueden acogerse al régimen Pro-Pyme si cumplen los límites de ingresos. Esto incluye a muchos emprendedores y profesionales que facturan con RUT personal.
¿Conviene siempre el régimen Pro-Pyme?
Para la mayoría de las pymes, sí. La menor tasa, la contabilidad simplificada y la deducción inmediata de activos son ventajas claras. Sin embargo, en algunos casos específicos (empresa con muchos socios extranjeros, o que planea reinvertir utilidades por largos períodos), el régimen general puede resultar más conveniente. Consulta con un contador.
Consulta todos los programas de apoyo al emprendimiento. También te puede interesar cómo iniciar actividades en el SII y el crédito FOGAPE para pymes. Para financiamiento de arranque, revisa también cómo postular al Capital Semilla de Sercotec.
