Tener una enfermedad cubierta por el GES (ex AUGE) no significa que la cobertura se active sola. Hay un paso administrativo obligatorio, la Notificación GES, que decide si accedes a las garantías de acceso, calidad, oportunidad y protección financiera. Si no la firmas, pagas precios particulares. Aquí te explicamos el trámite completo según estés en Fonasa o en una Isapre.

¿Qué es la Notificación GES?
Es un formulario en el que el médico tratante certifica que tu diagnóstico corresponde a una de las 90 patologías cubiertas por el régimen GES. Al firmarlo, el sistema te asigna una red de prestadores (pública si eres Fonasa, privada si estás en Isapre) y activa los plazos máximos de atención garantizados por ley. Sin esa notificación no hay cobertura GES.
Paso a paso si estás en Fonasa
- Acude a tu Cesfam o consultorio inscrito. Si no estás inscrito, inscríbete primero en el más cercano al domicilio que tienes en el Registro Social de Hogares.
- El médico general o especialista confirma el diagnóstico y firma la Notificación GES. Tú también firmas como paciente.
- El mismo establecimiento deriva tu caso: o te atiende ahí mismo, o te agenda en un hospital de referencia dentro de los plazos GES.
- Si el diagnóstico salió en una urgencia, igual te entregan la Notificación y te citan al control en la red pública.
- Guarda el número de folio que aparece en el documento: es tu respaldo.
En Fonasa los beneficios son inmediatos una vez firmada la Notificación y no hay que hacer trámite en oficina.
Paso a paso si estás en Isapre
- El médico tratante (particular o no) te entrega la Notificación GES o un Certificado Médico por sospecha.
- Presenta ese documento en tu Isapre: por sucursal virtual, en oficinas, en Centros GES o al call center. Tienes 30 días desde la emisión para presentarlo.
- La Isapre te entrega la red de prestadores GES asignada: clínica, médico y condiciones económicas.
- Acudes al prestador de la red para confirmar el diagnóstico. El especialista completa el Formulario de Antecedentes Médicos.
- La Isapre recibe el formulario y en un plazo máximo de 48 horas deja tu GES activo.
¿Qué pasa si no uso la red GES?
Si decides atenderte fuera de la red asignada, pierdes las garantías de oportunidad y protección financiera: pagas precios normales, sin cobertura GES. Puedes volver a la red GES en cualquier momento y reactivar la cobertura, pero los tratamientos ya recibidos fuera no se reembolsan.
Plazos máximos garantizados por ley
La Ley 19.966 fija plazos máximos para cada patología GES. Por ejemplo, en cáncer de mama el inicio del tratamiento debe ser dentro de los 30 días desde la confirmación del diagnóstico. Si tu Isapre o prestador público se atrasa, puedes reclamar a la Superintendencia de Salud (600 836 9000) y el incumplimiento obliga a la entidad a pagar la atención en una red alternativa sin costo para ti.
Dudas al activar el GES
¿Cuánto cuesta activar el GES?
El trámite es gratuito. El copago GES depende de tu tramo Fonasa o del plan de tu Isapre y tiene un tope anual legal.
¿Qué pasa si me diagnostican en una consulta particular?
Puedes pedir al médico particular el Certificado Médico y presentarlo en tu Fonasa o Isapre. La red GES te reconfirmará el diagnóstico antes de activar la cobertura.
¿Puedo cambiar de Isapre y seguir con GES activo?
Sí. Tu GES se traslada automáticamente al cambiar de Isapre o al pasar a Fonasa, sin necesidad de nueva Notificación para la misma patología.
¿Qué pasa si la Isapre rechaza mi caso?
Reclama en la Superintendencia de Salud. El trámite es gratuito, se hace online y tienen plazo legal para responder. Si la Superintendencia te da la razón, la Isapre debe activar el GES y cubrir los gastos ya pagados.
Revisa todas las garantías de salud en Chile. También puedes consultar las enfermedades cubiertas por AUGE/GES y cómo tramitar una licencia médica en Fonasa o Isapre.
