Para cobrar la Asignación Familiar y muchos beneficios asociados (bonos, atenciones de salud como carga, JUNAEB), primero tienes que acreditar tus cargas familiares. Este trámite lo hace el trabajador o pensionado ante su empleador, caja de compensación o el IPS, según corresponda.
Aquí te explicamos quiénes pueden ser cargas, qué documentos necesitas y cómo hacerlo sin dar vueltas.
¿Quiénes pueden ser carga familiar?
- Hijos e hijas hasta los 18 años, o hasta 24 si estudian en enseñanza media, técnica o superior.
- Hijos con discapacidad: sin tope de edad, con certificación vigente de COMPIN o Registro Nacional de Discapacidad.
- Cónyuge que no trabaje remuneradamente.
- Madre viuda del trabajador.
- Ascendientes mayores de 65 años (padres/abuelos) que vivan a expensas del trabajador.
- Nietos o bisnietos huérfanos o abandonados que vivan bajo tu cuidado.
Documentos que necesitas
- Cédula de identidad del trabajador y de cada carga.
- Certificado de nacimiento para hijos (con vigencia menor a 3 meses).
- Certificado de matrimonio o acuerdo de unión civil (para cónyuge/conviviente).
- Certificado de estudios para cargas entre 18 y 24 años.
- Certificado de discapacidad (si aplica).
- Formulario de solicitud: lo entrega el empleador o la caja de compensación.
Paso a paso: cómo acreditarlas
- Solicita en tu empresa el formulario de autorización de cargas familiares (cada caja de compensación tiene el suyo: Los Andes, La Araucana, Los Héroes, 18 de Septiembre).
- Completa los datos del trabajador y de cada carga.
- Adjunta los certificados vigentes (descargables en registrocivil.cl).
- Entrega el formulario a Recursos Humanos o directamente a la caja de compensación.
- La caja emite una resolución de autorización; a partir de ese mes se paga junto con el sueldo.
Plazos y vigencia
La autorización tiene vigencia anual: los certificados de estudios y discapacidad deben renovarse en marzo/abril de cada año. Si tu hijo/a cumple 18 años, te pedirán el certificado de alumno regular para mantener la carga.
El período crítico es enero-marzo: si el certificado de estudios venció en diciembre, preséntalo antes de que la caja detecte el vencimiento o suspenderán el pago ese mes. La buena noticia es que la retroactividad también aplica a la renovación anual: si te lo cortan por vencimiento y lo presentas después, la caja recalcula desde la fecha de quiebre, hasta un máximo de 6 meses atrás.
¿Qué pasa si no acredito a tiempo?
No cobras el monto hasta que la autorización sea emitida, pero el pago es retroactivo hasta 6 meses desde la fecha de presentación, siempre que cumplieras los requisitos durante ese tiempo.
Ejemplo práctico: tu hijo cumplió 18 en enero, olvidaste el certificado de alumno regular y lo presentas en mayo. La caja te paga retroactivo desde enero: 4 meses × $22.007 (tramo A) = $88.028 de una vez junto al sueldo del mes en que se emite la resolución.
Dudas al acreditar cargas
¿Puedo acreditar a mi conviviente civil como carga?
Sí, si estás inscrito en el AUC (Acuerdo de Unión Civil) y tu conviviente no recibe ingresos propios o son inferiores al 50% del ingreso mínimo.
¿Puedo acreditar la misma carga en dos empleos?
No. Una carga solo puede estar reconocida por un trabajador a la vez. Si ambos padres trabajan, deciden cuál la cobra.
¿Cómo acredito cargas si soy pensionado?
Si recibes pensión del IPS, realiza el trámite en ChileAtiende o en cualquier sucursal IPS. Si es de AFP, trámitalo en tu administradora.
¿Puedo acreditar a mi madre si ya cumplió 65?
Sí, siempre que viva a tu cargo y no reciba ingresos propios superiores al ingreso mínimo. Necesitarás además una declaración jurada de convivencia y dependencia económica.
¿Cómo sé a qué caja de compensación pertenece mi empresa?
Tu empleador elige a cuál afiliarse: Los Andes, La Araucana, Los Héroes o 18 de Septiembre. Puedes saberlo revisando tu liquidación de sueldo (aparece en el detalle de descuentos) o preguntando en Recursos Humanos. Si la empresa no está afiliada a ninguna caja, el trámite se hace directamente en ChileAtiende o en una sucursal del IPS.
¿Qué pasa si la caja rechaza mi solicitud?
La caja debe entregarte una resolución escrita con el motivo del rechazo. Tienes derecho a apelar presentando documentación adicional dentro de 15 días hábiles. Si el rechazo se mantiene, puedes reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) de forma gratuita en suseso.gob.cl, sin necesidad de abogado.
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