Orden de Alejamiento en Chile 2026: Cómo Solicitarla y Cuánto Dura

La orden de alejamiento es una medida cautelar que prohíbe a una persona acercarse a otra, a su domicilio o lugar de trabajo. En Chile se usa principalmente en casos de violencia intrafamiliar, acoso o amenazas. Puede solicitarse de urgencia y el juez puede dictarla el mismo día de la denuncia.

¿Quién puede pedir una orden de alejamiento?

  • Víctimas de violencia intrafamiliar (pareja, ex pareja, familiar)
  • Personas amenazadas o acosadas por un conocido o desconocido
  • Víctimas de acoso sexual o stalking
  • En nombre de un menor de edad: puede pedirla el padre, madre o guardador legal

¿Dónde se solicita?

  • Juzgado de Familia: para casos de VIF o amenazas entre familiares o ex parejas. El juez puede dictar la medida de forma inmediata.
  • Ministerio Público (Fiscalía): si hay delito (lesiones, amenazas constitutivas de delito), el fiscal puede solicitar la medida al tribunal en horas.
  • Carabineros: pueden detener al agresor y derivar al juzgado para que se dicte la orden. En casos urgentes de peligro inminente, actúan de inmediato.

Qué incluye la medida

El juez determina el contenido, pero típicamente la orden de alejamiento incluye:

  • Prohibición de acercarse a una distancia mínima (ej. 200 metros) del domicilio de la víctima
  • Prohibición de acercarse al lugar de trabajo o estudio
  • Prohibición de contacto directo o indirecto (llamadas, mensajes, redes sociales)
  • En casos graves: salida del hogar común aunque el agresor sea propietario

¿Cuánto dura la orden de alejamiento?

Las medidas cautelares del Juzgado de Familia duran inicialmente hasta 180 días, y pueden renovarse si el riesgo persiste. En casos penales (tramitados en el Juzgado de Garantía), la duración depende del proceso: puede extenderse hasta el término del juicio y más allá si el juez lo considera necesario.

¿Qué pasa si el agresor viola la orden?

El incumplimiento de una orden de alejamiento es un delito de desacato, penado con prisión o reclusión. Si el agresor se acerca en violación de la orden, llama al 133 (Carabineros) de inmediato: pueden detenerlo en el acto. Registra toda evidencia (mensajes, testigos, capturas) para respaldar la denuncia por desacato.

Evidencia útil para respaldar la solicitud

Aunque no es obligatorio presentar pruebas para que el juez dicte una medida urgente, mientras más evidencia aportes, más probable es que la medida sea rápida y adecuada a tu situación. Los elementos más útiles son:

  • Capturas de mensajes o WhatsApp: amenazas, insultos o acoso con fecha visible
  • Parte policial previo: si ya llamaste a Carabineros, solicita copia del parte
  • Informe médico: si fuiste a urgencias por lesiones, el certificado médico es fundamental
  • Fotografías: lesiones corporales, daños a objetos o huellas de violencia en el domicilio
  • Testigos: vecinos o familiares dispuestos a declarar

No esperes a tener evidencia perfecta si estás en peligro: la ley permite dictar medidas de protección ante indicios de riesgo, no solo ante prueba plena. Mejor pedir la medida sin documentación completa que esperar y sufrir un nuevo episodio.

Costo y plazos del proceso ante el Juzgado de Familia

Solicitar una medida cautelar ante el Juzgado de Familia es gratuito: no hay costas judiciales para la víctima. El proceso se inicia con una presentación escrita (o verbal en algunos juzgados) que puede hacer la propia víctima o un abogado. La ventanilla de atención al público del Juzgado de Familia puede orientarte sobre el formulario que debes completar.

En casos urgentes con riesgo vital, el juez puede dictar la medida de manera excepcional en el mismo día, incluso fuera de horario hábil, a través del juez de turno. Para situaciones de extremo peligro, llama primero al 133 (Carabineros) o al 1455 (SernamEG) antes de ir al juzgado.

Preguntas frecuentes

¿Necesito abogado para pedir la orden?

No es obligatorio. Puedes presentarte personalmente al Juzgado de Familia o pedir orientación al Fono 1455 (SernamEG, 24/7). Si quieres representación jurídica, puedes acudir a la Corporación de Asistencia Judicial de tu región de forma gratuita.

¿Puedo pedir la orden aunque no haya denuncia previa?

Sí. La solicitud de medida cautelar puede hacerse directamente en el Juzgado de Familia sin necesidad de denuncia previa en Carabineros. Es decir, puedes ir directo al juzgado si lo prefieres.

¿La orden de alejamiento afecta el régimen de visitas con los hijos?

Puede. Si hay una orden de alejamiento que incluye al domicilio común, el juez puede establecer un régimen de visitas supervisado o a través de un tercero para que el agresor no tenga contacto directo con la víctima al retirar a los hijos. El bienestar del niño es siempre el criterio central.


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