La cuarta de libre disposición es el 25% de la herencia que el testador puede dejar a quien quiera, incluso a alguien que no es heredero legal: un amigo, una organización, un pariente lejano o un desconocido. Es la única porción totalmente libre del testador. El 75% restante está sujeto a reglas más estrictas.
Muchas personas suponen que pueden dejar su herencia a quien quieran, pero la ley chilena limita esa libertad. Entender cómo está estructurada la herencia y cuánta libertad tienes realmente te permite planificar mejor y evitar testamentos que luego sean impugnados.
Cómo se divide la herencia en Chile: las cuatro cuartas
| Porción | Porcentaje | ¿Quién la recibe? | Puede el testador decidir |
|---|---|---|---|
| Legítima rigorosa | 50% | Legitimarios (hijos, cónyuge, ascendientes) | No. Es obligatoria por ley |
| Cuarta de mejoras | 25% | Descendientes, cónyuge o ascendientes | Sí, dentro del grupo de legitimarios |
| Cuarta de libre disposición | 25% | Cualquier persona o entidad | Sí, total libertad |
Si no hay herederos forzosos (sin hijos, cónyuge ni ascendientes), el testador puede disponer libremente del 100% de la herencia.
¿A quién puede dejarse la cuarta de libre disposición?
La cuarta de libre disposición puede destinarse a:
- Un amigo o persona sin relación de parentesco.
- Una fundación, ONG, iglesia o empresa.
- Uno de los hijos en mayor proporción que los demás (junto con la cuarta de mejoras).
- Un hermano, primo u otro pariente no heredero forzoso.
- La pareja de hecho no casada ni con AUC (que de otro modo no hereda nada).
- Una mascota (vía fideicomiso a cargo de un cuidador designado).
Ejemplo práctico: cómo funciona con hijos
Pedro tiene 3 hijos y un patrimonio de $120.000.000 al fallecer. Dejó testamento:
- Legítima rigorosa (50% = $60.000.000): se divide en 3 partes iguales entre los hijos → $20.000.000 cada uno. Pedro no puede cambiar esto.
- Cuarta de mejoras (25% = $30.000.000): Pedro decidió dejársela toda al hijo menor que lo cuidó en la vejez. Es legal.
- Cuarta de libre disposición (25% = $30.000.000): Pedro la dejó a su amigo Carlos, que no es familiar. Es completamente legal.
Resultado final: hijo 1 = $20M, hijo 2 = $20M, hijo 3 = $50M, amigo Carlos = $30M.
Cómo se establece en el testamento
Para usar la cuarta de libre disposición debes hacerlo en un testamento válido. No hay otra forma. Los tipos de testamento en Chile son:
- Testamento público: ante notario con dos testigos. Es el más seguro y común.
- Testamento cerrado: escrito por el testador y entregado ante notario en sobre sellado.
- Testamento ológrafo: completamente manuscrito y firmado por el testador; no requiere notario pero tiene limitaciones formales.
El testamento público ante notario cuesta entre $50.000 y $150.000 dependiendo del notario y la complejidad. Vale la pena para patrimonios significativos.
Preguntas frecuentes sobre la cuarta de libre disposición
¿Puedo dejar la cuarta de libre disposición a mi pareja de hecho?
Sí. Si tu pareja no es cónyuge ni conviviente civil (sin AUC), no hereda nada por ley. Pero puedes dejarle la cuarta de libre disposición (25%) e incluso la cuarta de mejoras (25% adicional si no tienes descendientes) en el testamento. Sin testamento, tu pareja de hecho no recibe nada.
¿Qué pasa si no hago testamento? ¿Pierdo la cuarta libre?
Sin testamento, el 100% de la herencia se distribuye según el orden legal de sucesión entre los herederos (hijos, cónyuge, ascendientes). La cuarta de libre disposición no existe si no hay testamento: ese 25% también va a los herederos legales. El testamento es la única herramienta para ejercer la libertad que la ley te da.
¿La cuarta libre tiene impuesto a la herencia?
Sí. El impuesto a la herencia (Ley 16.271) aplica sobre toda la masa hereditaria, incluida la cuarta de libre disposición. La tasa varía según el parentesco con el beneficiario y el monto: a mayor distancia familiar, mayor tasa. Un legátario sin parentesco (como el amigo Carlos del ejemplo) paga una tasa más alta que un hijo.
Consulta la guía completa de herencias en Chile o cómo hacer un testamento válido.
