El permiso por matrimonio o AUC en Chile da derecho a 5 días hábiles remunerados al trabajador que contraiga matrimonio o celebre un Acuerdo de Unión Civil. Es un derecho irrenunciable establecido en el artículo 207 bis del Código del Trabajo. El empleador no puede descontarlo de las vacaciones ni reemplazarlo con dinero.
Si te vas a casar o celebrar un AUC y no sabes exactamente cuántos días te corresponden, cómo pedirlos ni qué pasa si el empleador se niega, esta guía te lo explica todo con los detalles legales actualizados a 2026.
¿Cuántos días de permiso corresponden por matrimonio?
El artículo 207 bis del Código del Trabajo establece 5 días hábiles continuos de permiso pagado por matrimonio o AUC. «Días hábiles» significa días de lunes a viernes (y sábados solo si el trabajador normalmente labora ese día). El sábado y domingo que queden dentro del período no cuentan como días de permiso.
Ejemplo práctico: si te casas el viernes 15 de agosto, tus 5 días hábiles serían lunes 18, martes 19, miércoles 20, jueves 21 y viernes 22. Muchos trabajadores optan por pedir el viernes como primer día del permiso para unirlo al fin de semana, lo que es perfectamente válido si el matrimonio se celebra ese día.
¿Aplica para el AUC entre personas del mismo sexo?
Sí. La Ley 20.830 que creó el Acuerdo de Unión Civil aplica tanto a parejas heterosexuales como a parejas del mismo sexo. El permiso de 5 días hábiles aplica a cualquier trabajador que celebre un AUC, independientemente del sexo de los contrayentes. Lo mismo aplica para el Matrimonio Igualitario, vigente desde 2022 en Chile.
¿Es remunerado o sin goce de sueldo?
Es completamente remunerado: durante esos 5 días hábiles, el empleador debe pagarte tu sueldo como si hubieras trabajado. No se descuenta de las vacaciones anuales, no es un permiso sin goce de sueldo y no puede ser reemplazado por dinero adicional. Se trata de un derecho irrenunciable: aunque el trabajador quisiera renunciar a él a cambio de más dinero, no es posible legalmente.
Si el contrato colectivo o el reglamento interno de la empresa establece un beneficio mayor (por ejemplo, 7 días), se aplica siempre el más favorable para el trabajador. La ley fija el piso mínimo.
Cómo y cuándo solicitar el permiso por matrimonio
No existe un formulario oficial obligatorio. El procedimiento habitual es:
- Avisa a tu empleador con anticipación: lo ideal es hacerlo con al menos 15 días de anticipación para que pueda organizar tu ausencia. No hay un plazo mínimo exigido por ley, pero el aviso oportuno evita conflictos.
- Coordina la fecha de inicio del permiso: el permiso debe tomarse en la ocasión del matrimonio o AUC. Puedes comenzarlo el mismo día de la ceremonia o unos días antes según acuerdo con el empleador.
- Entrega el certificado de matrimonio o AUC: el empleador puede solicitarlo para acreditar el evento. El Registro Civil emite el certificado gratuitamente en línea en registrocivil.cl.
¿Qué pasa si el empleador se niega a otorgar el permiso?
Si el empleador niega el permiso o lo descuenta de las vacaciones, está infringiendo el artículo 207 bis del Código del Trabajo. Las multas van de 1 a 20 UTM según el tamaño de la empresa. En ese caso puedes:
- Presentar una denuncia en la Dirección del Trabajo (DT): puedes hacerlo en la Inspección del Trabajo de tu ciudad o en línea en dt.gob.cl. La DT puede multar al empleador y ordenar la restitución del beneficio.
- Solicitar una mediación gratuita: la DT ofrece mediación laboral para resolver conflictos sin necesidad de demanda judicial.
- Demandar ante el Juzgado Laboral: si la mediación no resuelve el problema, puedes presentar demanda. La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) ofrece asesoría legal gratuita.
¿Puede el empleador negar el permiso durante el período de prueba?
No. El permiso por matrimonio o AUC aplica a todos los trabajadores con contrato de trabajo vigente, independientemente de su antigüedad o si están en período de prueba. Tampoco importa si el contrato es a plazo fijo o indefinido. Basta con tener un contrato regido por el Código del Trabajo chileno.
¿Y el permiso por matrimonio de un hijo?
El artículo 207 bis solo cubre al trabajador que contrae matrimonio o celebra un AUC. No hay permiso legal específico en el Código del Trabajo para asistir al matrimonio de un hijo u otro familiar. Sin embargo, el empleador puede autorizar un permiso con o sin goce de sueldo de manera voluntaria. Algunos contratos colectivos incluyen este beneficio.
Preguntas frecuentes sobre el permiso por matrimonio en Chile
¿Los 5 días incluyen el día del matrimonio?
En principio, el permiso se cuenta desde el día del matrimonio o AUC. Muchos empleadores son flexibles y permiten comenzarlo el día anterior o posterior, especialmente si la ceremonia es fuera de la ciudad. Lo importante es que los 5 días hábiles correspondan a la «ocasión del matrimonio», con razonabilidad temporal.
¿Puedo sumar el permiso matrimonial con mis vacaciones?
Sí, son derechos separados e independientes. Si quieres tomarte 15 días, puedes usar los 5 de permiso matrimonial y luego solicitar 10 de vacaciones. Lo que el empleador no puede hacer es decirte que los 5 días matrimoniales forman parte de tus vacaciones anuales.
¿Aplica si me caso fuera de Chile?
Sí. Lo que importa es que tengas un contrato regido por el Código del Trabajo chileno. Si te casas en el extranjero, deberás acreditar el matrimonio con el certificado consular o apostillado que reconoce el Registro Civil chileno. El derecho al permiso no cambia por el lugar de la ceremonia.
¿Aplica para trabajadores a honorarios?
No. El artículo 207 bis aplica solo a trabajadores dependientes con contrato de trabajo. Los trabajadores a honorarios no tienen este derecho legal, ya que su relación con el contratante no está regida por el Código del Trabajo. Sin embargo, el contratante puede otorgar el permiso de manera voluntaria.
¿Pueden descontarme el permiso de la gratificación o el aguinaldo?
No. El permiso matrimonial es remunerado: se paga como si hubieras trabajado esos días. Esto significa que no afecta el cálculo de la gratificación, el aguinaldo ni ningún otro beneficio que dependa de los días efectivamente trabajados en el período.
¿Hay permiso por segunda boda o por celebrar el AUC después de haber tenido matrimonio anterior?
Sí. El artículo 207 bis no distingue si es la primera o la segunda vez que el trabajador contrae matrimonio o celebra un AUC. Cada vez que se celebra un matrimonio o AUC, nace el derecho al permiso de 5 días hábiles, siempre que el contrato laboral esté vigente.
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