El Bono de Escolaridad es un beneficio anual que reciben los trabajadores del sector público que tienen hijos en edad escolar matriculados en establecimientos educacionales reconocidos. Se paga generalmente en febrero o marzo, como apoyo para los gastos del inicio del año escolar: útiles, uniformes, matrícula. Es independiente del Bono de Logro Escolar del IEF y aplica por el solo hecho de ser funcionario público con hijos en la edad habilitada.
¿Quiénes reciben el Bono de Escolaridad?
- Funcionarios y trabajadores del sector público: de planta y a contrata
- Pensionados del IPS (ex INP) con hijos en edad escolar
- El trabajador debe tener hijos entre 4 y 18 años (o hasta los 24 si estudian) que estén matriculados en establecimientos educacionales reconocidos por el MINEDUC
Monto del Bono de Escolaridad 2026
El monto lo fija la Ley de Reajuste del Sector Público que se promulga cada año. Como referencia, el bono ha sido históricamente de alrededor de $100.000 a $120.000 por hijo en edad escolar. Los montos exactos para 2026 se publican en el Diario Oficial cuando se promulga la ley.
Verifica el monto actualizado en ips.gob.cl (para pensionados) o con la unidad de RRHH de tu institución (para funcionarios activos).
Cómo consultar con RUT
- ips.gob.cl: para pensionados, consulta si tienes beneficio activo con tu RUT y ClaveÚnica
- Tu empleador (RRHH): para funcionarios activos, el pago se hace a través de la institución
- ChileAtiende (fono 101): orientación sobre si corresponde el beneficio
Documentos para acreditar los hijos
- Certificado de matrícula del año escolar en curso
- Certificado de nacimiento del hijo para acreditar la edad
- Si el hijo tiene entre 18 y 24 años y estudia: certificado de alumno regular de la institución de educación superior
Diferencias con otros bonos de educación
| Bono de Escolaridad | Bono de Logro Escolar (IEF) | |
|---|---|---|
| Para quién | Sector público y pensionados IPS | 30% más vulnerable en programa |
| Cuándo se paga | Febrero–marzo cada año | Cuando el niño aprueba el año o gradua |
| Condición | Solo matriculado | Aprobación, asistencia o graduación |
Bono de escolaridad para situaciones especiales
- Padres adoptivos: sí aplica. El bono reconoce los hijos legalmente adoptados, con certificado de adopción inscrito en el Registro Civil.
- Tutores legales: si tienes la tutoría legal de un menor que estudia y eres funcionario público, el bono puede aplicar acreditando el vínculo legal.
- Dos funcionarios públicos que son pareja: solo uno puede recibir el bono por el mismo hijo. No es acumulable si ambos padres son del sector público.
- Hijos con discapacidad mayores de 18 años: si el hijo tiene discapacidad certificada y sigue en el sistema educacional, algunas leyes han ampliado el beneficio más allá de los 18 años. Verifica con tu RRHH.
Cómo reclamar si no recibiste el bono que te correspondía
- Verifica con la Unidad de RRHH de tu institución por qué no fue pagado. La causa más común es que no entregaste el certificado de matrícula a tiempo.
- Si tienes los documentos y no te pagaron sin justificación, presenta un reclamo formal en RRHH por escrito con el detalle de los hijos y los certificados de matrícula.
- Si RRHH no resuelve, puedes reclamar ante la Contraloría General de la República: es el organismo que fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones salariales del sector público.
- El plazo de prescripción laboral para reclamar beneficios no pagados es de 2 años.
Preguntas frecuentes
¿Lo reciben trabajadores del sector privado?
No como derecho legal. El Bono de Escolaridad es exclusivo del sector público, establecido por la Ley de Reajuste Sectorial. En el sector privado solo aplica si el empleador lo contempla voluntariamente en el contrato o convenio colectivo.
¿Aplica para hijos en jardines infantiles o kinder?
La mayoría de las leyes de reajuste salarial del sector público incluyen a los hijos desde prekinder (4 años). Para verificar el rango exacto del año en curso, consulta el texto de la ley en bcn.cl o con la Unidad de Recursos Humanos de tu institución.
¿Qué pasa si tengo varios hijos en edad escolar?
El Bono de Escolaridad generalmente se paga por cada hijo en edad escolar habilitado, hasta el número que defina la ley del año en curso. Si tienes 3 hijos en el rango de edad, deberías recibir el bono por los 3. Verifica con tu RRHH el número máximo permitido y que estén acreditados correctamente.
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