Indemnización por Años de Servicio en Chile

Indemnización por Años de Servicio en Chile 2026: Cómo Calcularla

La indemnización por años de servicio es el pago que recibe un trabajador cuando es despedido por causales que no son su culpa. Es uno de los derechos laborales más importantes y, también, uno de los que más confusiones genera: no siempre corresponde, y el cálculo tiene límites que muchos desconocen.

Indemnización por Años de Servicio en Chile

¿Cuándo corresponde la indemnización?

Corresponde cuando el empleador despide al trabajador invocando el artículo 161 del Código del Trabajo:

  • Necesidades de la empresa: racionalización, modernización, baja en la productividad, cambios económicos o tecnológicos
  • Desahucio: en el caso de trabajadores de casa particular, cargos de confianza (gerentes, subgerentes) o funciones específicas donde la ley permite poner término sin expresar causa

También corresponde si el empleador invoca una causal del artículo 159 o 160 y no logra probarla en juicio. Y si te despiden sin invocar ninguna causal, el empleador debe pagar la indemnización más un recargo adicional del 20% al 80%.

¿Cuándo NO corresponde?

  • Renuncia voluntaria: si tú decides irte, no hay indemnización
  • Despido por falta grave (Art. 160): falta de probidad, acoso, abandono de trabajo, inasistencias injustificadas reiteradas u otras causales de culpa del trabajador
  • Término de contrato a plazo fijo: el vencimiento natural del plazo no genera indemnización
  • Mutuo acuerdo: si ambas partes acuerdan poner término, no hay obligación legal, aunque pueden pactarla voluntariamente

Fórmula de cálculo con ejemplo

El monto es 1 mes de última remuneración mensual por cada año trabajado (las fracciones superiores a 6 meses cuentan como año completo). Hay dos topes:

  • Tope de años: máximo 11 años, aunque hayas trabajado 15 o 20
  • Tope mensual: la remuneración base no puede superar 90 UF (aprox. $3.600.000 en 2026)

Ejemplo 1: ganas $900.000 y llevas 6 años trabajando
$900.000 × 6 = $5.400.000

Ejemplo 2: ganas $4.500.000 (sobre el tope) y llevas 14 años (sobre el tope de 11)
Base: $3.600.000 (90 UF) × 11 años = $39.600.000

¿Qué incluye la “última remuneración mensual”?

Se usa el sueldo base más los beneficios de carácter regular y permanente. No se incluyen:

  • Horas extra
  • Bonos esporádicos o por producción variable
  • Asignaciones no remuneracionales (colación, movilización)

Ojo: si tu empleador te pagó regularmente ciertos bonos como parte de tu remuneración habitual, puedes argumentar que deben incluirse. Es un punto frecuente de litigio.

Indemnización y finiquito: no es lo mismo

El finiquito es el documento que cierra la relación laboral e incluye todos los pagos al término del contrato. La indemnización por años de servicio es uno de los ítems que puede figurar en él, junto con vacaciones pendientes, la indemnización sustitutiva del aviso previo y otros conceptos.

La indemnización sustitutiva del aviso previo equivale a 30 días de remuneración y se paga cuando el empleador no avisa el despido con al menos 30 días de anticipación.

¿Qué pasa si…? Casos reales

¿Puedo negociar una indemnización mayor?

Sí. El mínimo legal (1 mes por año, máximo 11 meses) es exactamente eso: un mínimo. El empleador puede ofrecer más como parte de un acuerdo de término. Lo que no puede hacer es pagar menos cuando la indemnización corresponde por ley.

¿Tengo derecho si renuncié por maltrato del empleador?

Sí. Se llama autodespido o despido indirecto: si el empleador incurre en incumplimientos graves del contrato (no pagar el sueldo, cambiar condiciones unilateralmente, acoso), el trabajador puede poner término al contrato e igual recibir indemnización como si hubiera sido despedido.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Tienes 2 años desde el término del contrato para demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo. Si firmaste el finiquito sin reservas, es más difícil reclamar, aunque no imposible si la firma fue bajo presión o sin tiempo para revisar.

¿Qué recargo aplica si el empleador no paga?

Si se condena al empleador en juicio, debe pagar la indemnización más un recargo de entre el 20% y el 80% dependiendo de la causal que se acredite. Por eso muchos empleadores prefieren llegar a un acuerdo extrajudicial.


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