El sueldo líquido en Chile es el que recibes en tu cuenta después de los descuentos obligatorios: 10% AFP, 7% salud (Fonasa o Isapre) y el impuesto único de segunda categoría (si aplica). Para un sueldo bruto de $539.000 (sueldo mínimo 2026), el líquido aproximado es $458.150 si estás en Fonasa, sin contar el seguro de cesantía.
Fórmula para calcular el sueldo líquido
Sueldo líquido = Sueldo bruto − AFP (10%) − Salud (7%) − Seguro cesantía (0,6%) − Impuesto único (si aplica)
Ejemplos prácticos de sueldo líquido en 2026
| Sueldo bruto | AFP (10%) | Salud (7%) | Seg. cesantía (0,6%) | Líquido aprox. |
|---|---|---|---|---|
| $539.000 (mínimo) | $53.900 | $37.730 | $3.234 | ~$444.136 |
| $800.000 | $80.000 | $56.000 | $4.800 | ~$659.200 |
| $1.200.000 | $120.000 | $84.000 | $7.200 | ~$988.800 |
| $2.000.000 | $200.000 | $140.000 | $12.000 | ~$1.578.000 (+ impuesto) |
| $3.000.000 | $300.000 | $210.000 | $18.000 | ~$2.222.000 (+ impuesto) |
Los valores son aproximados. No incluyen deducciones adicionales como cuotas sindicales, créditos sociales o descuentos voluntarios.
El impuesto único de segunda categoría
El impuesto único es progresivo: sueldos bajos no lo pagan, sueldos altos pagan tasas mayores. Los tramos vigentes en 2026 para trabajadores dependientes:
| Renta imponible mensual | Tasa marginal |
|---|---|
| Hasta $838.000 (~13 UTM) | Exento |
| $838.001 a $1.863.000 | 4% |
| $1.863.001 a $3.103.000 | 8% |
| $3.103.001 a $4.344.000 | 13,5% |
| $4.344.001 a $5.584.000 | 23% |
| Sobre $5.584.000 | 30,4% |
La tasa marginal solo aplica sobre el tramo que la supera, no sobre todo el sueldo. Un sueldo de $2.000.000 paga el 4% sobre el tramo $838.001–$1.863.000 ($41.040) más el 8% sobre $1.863.001–$2.000.000 ($10.960), total impuesto ~$52.000.
Qué es la renta imponible
La renta imponible no es el sueldo bruto total. Hay componentes que no cotizan:
- La asignación familiar legal está exenta de AFP y salud.
- Los gastos de traslado (movilización y colación) hasta los límites del SII no son imponibles.
- Los viernes el tope imponible para AFP y salud es 81,6 UF (~$3.000.000). Lo que excede ese tope no cotiza.
Bonos y haberes: cuáles son imponibles y cuáles no
No todos los componentes de tu remuneración descuentan AFP, salud e impuesto de la misma manera:
| Haber | ¿Imponible? | Nota |
|---|---|---|
| Sueldo base | Sí | Siempre cotiza AFP y salud |
| Horas extra | Sí | Se suma al sueldo imponible del mes |
| Bono de gratificación (4,75%) | Sí | Parte del imponible mensual |
| Asignación familiar legal | No | Exenta de AFP y salud |
| Movilización y colación | No (hasta límites SII) | Exenta si es «real» y dentro del límite |
| Aguinaldo de fiestas | No impuesto, pero sí AFP | Cotiza AFP y salud, exento de impuesto único |
APV y su impacto en el sueldo líquido mensual
El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es una cotización adicional que puedes hacer a tu AFP. Tiene un beneficio tributario importante: los aportes APV modalidad A se descuentan de la base imponible del impuesto único, lo que significa que el impuesto que pagas ese mes baja:
- Si tienes sueldo de $2.000.000 y haces APV de $100.000, la base imponible baja a $1.900.000.
- El ahorro de impuesto puede ser de $4.000 a $8.000 mensuales dependiendo del tramo.
- Además, el Estado bonifica el 15% del APV que deposites (hasta cierto límite) en tu cuenta de capitalización.
Ojo: el APV reduce el líquido mensual porque es un descuento del sueldo, aunque el beneficio tributario compensa parte. No confundas APV con el seguro de cesantía (que es descuento obligatorio diferente).
Preguntas frecuentes sobre el sueldo líquido
¿El empleador puede pagar menos del sueldo mínimo líquido?
No. El sueldo mínimo ($539.000 en 2026) es el bruto mínimo que debe pagarse. El líquido resultante es el neto después de los descuentos legales, que el empleador no financia: los descuentos de AFP, salud y seguro de cesantía los paga el trabajador de su propio sueldo bruto.
¿Qué incluye la liquidación de sueldo?
La liquidación muestra el sueldo bruto, todos los haberes (sueldo base, bonos, horas extra), todos los descuentos (AFP, salud, impuesto, créditos sociales) y el líquido a pagar. Por ley el empleador debe entregar una copia al trabajador cada mes.
¿Puedo negociar que los bonos sean no imponibles?
No depende solo de la negociación: la imponibilidad la define la ley, no el contrato. Por ejemplo, el bono de gratificación siempre es imponible, sin importar cómo esté redactado el contrato. Lo que sí se puede acordar son los conceptos de movilización y colación, que bajo ciertos límites no cotizan. Consulta con un especialista laboral si quieres optimizar la estructura de tu remuneración.
Consulta también cómo calcular el finiquito o la guía de liquidación de sueldo paso a paso. Accede al resto de calculadoras y herramientas para trámites en Chile.
