La Hipertensión Arterial (HTA) está cubierta por el GES en Chile para personas de 15 años o más. Es el problema de salud número 21 del Decreto 29 de 2025 del Ministerio de Salud, vigente desde diciembre de 2025, que garantiza confirmar el diagnóstico, iniciar y continuar el tratamiento y ver a un especialista cuando el médico lo indique. Si estás en Fonasa y te atiendes en la red pública, no pagas nada, sea cual sea tu tramo. Se activa en el CESFAM cuando el médico confirma el diagnóstico.
La hipertensión es uno de los principales factores de riesgo cardiovascular, y lo que la hace peligrosa es que casi nunca duele: muchas personas se enteran en un control de rutina. El GES es la puerta de entrada al tratamiento sostenido, con plazos que el sistema de salud está obligado a cumplir.
Qué cubre el GES de hipertensión
- Confirmación diagnóstica: desde que hay sospecha, con los exámenes que define la canasta GES del decreto.
- Tratamiento: acceso a iniciarlo con la confirmación y a continuarlo, con los fármacos y controles de la canasta. En la red pública no tiene costo para ningún tramo de Fonasa (Copago Cero).
- Monitoreo continuo de la presión arterial: el decreto lo garantiza cuando el médico lo indica.
- Atención por especialista: cuando el médico la indica, dentro del plazo garantizado.
Cómo se diagnostica y activa el GES de hipertensión
Para el decreto, una persona tiene hipertensión arterial si mantiene cifras de presión persistentemente iguales o superiores a 140/90 mmHg; la primaria o esencial es la que no tiene una causa conocida. Para activar el GES:
- Pide hora en tu CESFAM para una evaluación médica o de enfermera.
- Si las mediciones confirman hipertensión, el profesional ingresa el caso al sistema GES.
- Se solicitan los exámenes de ingreso para evaluar el riesgo cardiovascular global.
- Se inicia el tratamiento farmacológico y se programa la primera consulta de control.
Si el diagnóstico fue hecho en una clínica privada, puedes llevar los informes a tu CESFAM para que el médico confirme y active el GES público. No pierdes el GES por haber tenido el diagnóstico inicial en el sector privado.
Plazos garantizados del GES de hipertensión
| Garantía | Plazo máximo |
|---|---|
| Confirmación diagnóstica | 45 días desde sospecha |
| Inicio del tratamiento | 24 horas desde el diagnóstico confirmado |
| Atención por especialista | 45 días, según indicación médica |
Hipertensión + diabetes: cobertura combinada
Es muy común que una persona tenga hipertensión y diabetes simultáneamente. En ese caso, ambas patologías quedan cubiertas por el GES de forma independiente: se abren dos “problemas GES” en la ficha clínica (la diabetes mellitus tipo 2 es el número 7 del decreto) y el paciente recibe el tratamiento de cada una según sus garantías específicas.
Preguntas frecuentes sobre el GES de hipertensión
¿Los fármacos para la hipertensión son gratis para todos?
Para Fonasa, sí: desde septiembre de 2022, con el Copago Cero, la atención en la red pública es gratuita en los cuatro tramos, y eso incluye el GES. Los fármacos de la garantía se entregan en el establecimiento donde te controlas, normalmente tu CESFAM; las Farmacias Populares municipales son otra cosa, con reglas propias de cada comuna, y no son la vía de la garantía GES. En una Isapre, el GES se atiende en su red de prestadores y la regla general del decreto es un copago del 20 % del arancel de referencia.
¿Puedo retirar los fármacos del GES en cualquier CESFAM?
Lo normal es retirarlos en el CESFAM donde estás inscrito y te controlas. Si te cambiaste de domicilio, inscríbete en el CESFAM que corresponde a tu nueva dirección para seguir allí el tratamiento y los controles, y lleva tus indicaciones vigentes para no cortar los fármacos.
Consulta también el GES de diabetes o cómo activar el GES para tu enfermedad.
