Condonación de Multas e Intereses TGR Chile 2026: Cómo Solicitar

La condonación de multas e intereses de deudas tributarias la otorgan la Tesorería General de la República (TGR) y el Servicio de Impuestos Internos (SII), ciñéndose a la política que fija el Decreto 437 de Hacienda, publicado el 18 de junio de 2026. La regla general depende de la antigüedad de la deuda, y en casos excepcionales la TGR puede condonar hasta el 80% o más. Nunca alcanza al impuesto adeudado.

¿Qué deudas con la TGR se pueden condonar?

La condonación aplica principalmente a:

  • Intereses por atraso en el pago de impuestos fiscales y de contribuciones de bienes raíces (impuesto territorial)
  • Las multas por presentar tarde una declaración y por enterar tarde en la Tesorería los impuestos de retención o recargo (números 2 y 11 del artículo 97 del Código Tributario), que parten en un 10% del impuesto y pueden llegar al 30%
  • Intereses y multas de declaraciones de impuestos presentadas fuera de plazo
  • Otras multas tributarias, en la medida en que la sanción final siga siendo coherente con la infracción

Importante: la condonación es de multas e intereses. El capital (el impuesto o contribución original que dejaste de pagar) no se condona; debes pagarlo o acordar un convenio.

Cómo solicitar la condonación de multas TGR

  1. Si la deuda está en la TGR (giros vencidos, contribuciones impagas), gestiona el pago o la condonación en tgr.gob.cl con ClaveÚnica o Clave Tributaria, o en una oficina de la TGR.
  2. Si se trata de intereses y multas por infracciones o por diferencias de impuestos, la condonación la resuelve el director regional del SII: se pide en el sitio del SII o en su dirección regional, con el Formulario 2667 y el giro correspondiente.
  3. Acompaña los antecedentes que hagan excusable el atraso o la omisión: es lo que el SII exige para conceder la condonación, y lo que la TGR exige para las condonaciones excepcionales.
  4. El trámite no tiene costo.

Si la deuda está en convenio de pago, la TGR puede condonar además los intereses y las multas que se devenguen mientras el convenio esté vigente, según la misma política (artículo 192 del Código Tributario).

¿Cuánto se puede condonar? Porcentajes según caso

SituaciónQué dice el Decreto 437
Regla general para interesesSe condona una parte del recargo de 3,5 puntos que el artículo 53 del Código Tributario suma al interés penal, según la antigüedad del giro (artículo 3)
Pago total de la deudaUn 5% adicional sobre ese recargo, si se saldan varios folios de hasta 24 meses de antigüedad (artículo 3)
Multas de los números 2 y 11 del artículo 97Porcentajes máximos según la antigüedad del giro (artículo 4)
Personas sin capacidad de pago, y micro y pequeñas empresas en situación económica complejaHasta 80% de intereses y multas, acreditando la situación ante la TGR (artículo 7 a)
Enfermedad grave e irrecuperable, riesgo de insolvencia, robos o siniestros, impacto en el empleoMás del 80%, a juicio del Tesorero General (artículo 7 c)
Catástrofe con decreto de medidas tributariasHasta 100% en las zonas afectadas (artículo 7 d)

La política de condonación vigente desde junio de 2026

El Decreto 437 de Hacienda, publicado el 18 de junio de 2026, fija los criterios a los que deben ceñirse el SII y la TGR al condonar, como exige el artículo 207 del Código Tributario. Las tablas con los porcentajes exactos por antigüedad del giro vienen en el decreto como imágenes, así que conviene revisarlas en el propio giro o consultarlas a la TGR. Lo que sí queda claro en el texto es quién no puede acceder: los contribuyentes querellados, formalizados o condenados por delitos tributarios, los que entraban la fiscalización del SII, los que no comparecen injustificadamente a un segundo requerimiento y los condenados por cohecho a funcionarios, entre otros casos del artículo 8.

Preguntas frecuentes sobre condonaciones TGR

¿La condonación TGR afecta el historial tributario?

Pedir una condonación no genera antecedentes negativos por sí misma. Al contrario: regularizar una deuda mejora el historial ante el SII y la TGR. Lo que sí puede afectar es tener deudas en cobranza judicial activas, que quedan registradas en el sistema hasta que se paguen o convenen.

¿Se puede condonar la deuda de contribuciones de un inmueble heredado?

Los intereses siguen corriendo mientras la deuda no se pague. Los herederos pueden regularizarla con las mismas reglas que cualquier contribuyente: la condonación ordinaria según la antigüedad de cada cuota o un convenio de pago. Conviene hacerlo apenas se tramite la posesión efectiva, porque cada mes de atraso suma intereses.

¿Qué pasa si rechazan mi solicitud de condonación?

Revisa primero si estás en alguna de las exclusiones del artículo 8 del Decreto 437; algunas se pueden levantar regularizando tu situación ante el SII. Si el problema fue la falta de antecedentes, puedes volver a pedirla acompañando mejor tu situación. Y siempre queda la vía del convenio de pago del artículo 192 del Código Tributario, que permite pagar la deuda en cuotas.


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