Convenio de Pago de Deudas con la TGR en Chile 2026: Cómo Solicitarlo

Si debes impuestos, contribuciones o multas fiscales a la Tesorería General de la República (TGR) y no puedes pagarlos de una sola vez, puedes solicitar un convenio de pago que te permite pagar en cuotas mensuales, con un plazo de hasta 24 meses. Mientras esté vigente se suspenden los procedimientos de apremio, y las cuotas que pagas dejan de devengar intereses. Se pide todo el año en el sitio de la TGR o en sus oficinas, sin costo.

Las deudas con el Fisco chileno (impuestos atrasados, contribuciones impagas, multas del SII) pueden generar intereses crecientes que hacen la deuda cada vez más difícil de pagar. El convenio de pago, regulado en el artículo 192 del Código Tributario, permite ordenar esa deuda: a cambio de comprometerte a pagar en cuotas, la TGR suspende el cobro forzado mientras cumplas. Esta guía explica cómo funciona el convenio, quién puede solicitarlo y cuáles son las consecuencias de no cumplirlo.

¿Qué deudas pueden entrar en convenio con la TGR?

  • Impuestos adeudados al SII: impuesto a la renta, IVA, impuesto territorial, multas del SII y otros tributos que el SII determinó y que pasaron a cobranza de la TGR.
  • Contribuciones de bienes raíces impagas: cuotas de contribuciones que no se pagaron en los plazos legales, con sus intereses y recargos acumulados.
  • Otros convenios de la TGR: la Tesorería tiene convenios específicos para los derechos de aseo municipal (Ley 21.554), para el Préstamo de Transporte en UF y para los deudores del Crédito con Garantía Estatal (CAE).

La deuda debe ser de al menos 1 UTM para acogerse a un convenio.

Cómo funciona el convenio de pago

El convenio de pago funciona en dos etapas:

1. Cuota inicial

Al suscribir el convenio se paga una primera cuota, que la TGR llama Cuota Contado: el convenio se activa cuando la pagas, así que su puesta en marcha depende de ti. La ficha del trámite no publica un porcentaje fijo para esa cuota. Sí hay un tope legal para las pymes del régimen Pro-Pyme (artículo 14 letra D de la Ley de la Renta): en sus convenios de hasta 18 meses no se puede exigir un pago inicial superior al 5% de la deuda, y las cuotas no llevan intereses.

2. Cuotas mensuales

El saldo se paga en cuotas mensuales. El artículo 192 fija los límites:

  • Plazo general: hasta dos años.
  • En casos calificados, según criterios de la TGR, hasta tres años. Cuando el convenio pasa de dos años, siempre se exige una garantía.
  • La TGR puede pedir garantías excepcionalmente también en convenios más cortos.

Durante el cumplimiento del convenio:

  • Se suspenden de inmediato los procedimientos de apremio, mientras cumplas y el convenio siga vigente.
  • Cada cuota pagada es un abono a la deuda y deja de devengar intereses y reajustes (artículo 53 del Código Tributario). Lo que aún no pagas sí sigue devengando intereses.
  • La TGR puede condonar, total o parcialmente, los intereses y ciertas multas que se devenguen durante el convenio, según la política de condonación vigente.

Cómo solicitar el convenio online

  1. Ingresa al sitio de la TGR, tgr.gob.cl, con tu ClaveÚnica o tu Clave Tributaria.
  2. Revisa tus deudas vencidas y elige las que quieres incluir en el convenio.
  3. Paga la Cuota Contado: la suscripción toma unos minutos, y el convenio queda activo cuando esa cuota está pagada.

Cómo solicitar el convenio presencialmente

También puedes suscribirlo en cualquier oficina de la TGR. Esto es lo que te pedirán:

  • Si vas tú, lleva tu cédula de identidad vigente.
  • Si va otra persona por ti, necesita su cédula, la tuya y un poder notarial que la faculte para el trámite.
  • Si es una empresa, el representante legal lleva la tarjeta RUT, su cédula y la escritura de constitución con su certificado de vigencia.

Si además de pagar en cuotas necesitas rebajar intereses y multas, eso es otro trámite: la condonación de multas e intereses, que permite llegar al 80% o más en casos excepcionales.

Qué pasa si no cumples el convenio

En los convenios suscritos desde el 1 de marzo de 2018, la TGR declara caducado el convenio por alguna de estas causas:

  • Mora en tres cuotas, consecutivas o alternadas, a lo largo del convenio.
  • Falsedad de los antecedentes con que se pidió.
  • No pagar la cuota final o de ajuste dentro del plazo.

Con el convenio caducado, la TGR sigue cobrando la deuda pendiente, y la suspensión de los apremios deja de operar, porque solo dura mientras el convenio esté vigente y al día. Si ves venir un mes difícil, consulta a la TGR antes de acumular atrasos: la mesa de ayuda atiende en el 600 4000 444.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de pago TGR

¿Hay contribuyentes que no pueden pedir convenio?

Sí. El Decreto 437 de 2026 excluye de los convenios del artículo 192 a quienes estén querellados, formalizados o condenados por delitos tributarios, a quienes no hayan comparecido injustificadamente a un segundo requerimiento del SII, a quienes tengan en curso una acción de cobro civil de impuestos y multa o una recopilación de antecedentes, y a los condenados por cohecho a funcionarios. Salvo en este último caso, se puede pedir a la dirección regional del SII que, por razones fundadas, levante la exclusión.

¿Qué necesito para pedirlo en línea?

Tu ClaveÚnica o tu Clave Tributaria (si no la tienes, revisa cómo obtener la Clave Tributaria del SII), y un correo electrónico. La TGR indica además que debes conocer los folios de tus últimas declaraciones de renta o de impuestos mensuales (Formulario 22 o 29). Si alguien lo hace por ti, sube los documentos digitalizados; en oficina se presentan los originales.


Consulta la guía de la Tesorería General de la República o cómo pagar contribuciones online.

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