La franquicia tributaria del SENCE permite a las empresas descontar de sus impuestos los gastos en capacitación de sus trabajadores. Es uno de los beneficios tributarios más usados por las empresas en Chile y permite financiar cursos, talleres y programas de formación sin costo real, ya que el gasto se recupera en la declaración de impuestos.
¿En qué consiste la franquicia?
Las empresas que pagan impuesto de primera categoría pueden descontar de su impuesto anual los gastos en capacitación hasta el equivalente del 1% de la planilla anual de remuneraciones. Esto significa que si la empresa tiene $100 millones en sueldos anuales, puede usar hasta $1 millón en capacitación y descontarlo directamente del impuesto que paga al SII.
¿Qué empresas pueden usar la franquicia?
- Empresas con planilla anual de remuneraciones igual o superior a 45 UTM (~$3,1 millones en 2026). Las empresas con planilla menor tienen un régimen simplificado.
- Contribuyentes de primera categoría que pagan impuesto en Chile
- Con inicio de actividades en el SII y trabajadores con contrato
Qué capacitaciones son elegibles
La capacitación financiada debe cumplir ciertos requisitos:
- Ejecutada por una OTEC (Organismo Técnico de Capacitación) inscrita en el registro del SENCE
- Relacionada con la actividad de la empresa o el desarrollo laboral de los trabajadores
- Los trabajadores capacitados deben tener contrato vigente
- El curso o programa debe estar ingresado en el sistema SENCE antes de su inicio
No son elegibles: cursos para personal de la empresa que ya está dado de baja, cursos puramente recreativos, ni actividades de entretenimiento.
Paso a paso: cómo usar la franquicia
- Elige la OTEC que dará la capacitación (debe estar inscrita en el registro SENCE en sence.cl)
- Registra la actividad en el portal SENCE antes de que comience el curso
- La OTEC imparte la capacitación a tus trabajadores
- La OTEC emite la factura correspondiente
- En la declaración de renta anual, la empresa descuenta el gasto del impuesto de primera categoría
Límites y restricciones importantes
- Tope del 1% de la planilla: el descuento no puede superar ese porcentaje. El exceso no puede deducirse.
- Tope por trabajador: existe un límite de 9 UTM anuales de franquicia por trabajador
- Duración máxima de los cursos: hay limitaciones en la duración de cursos elegibles
- La capacitación debe ser dentro del horario laboral o con acuerdo del trabajador si es fuera de él
¿Qué es una OTEC?
Una OTEC (Organismo Técnico de Capacitación) es una empresa o institución autorizada por el SENCE para impartir cursos de capacitación con franquicia tributaria. Deben estar inscritas en el Registro Nacional de OTEC del SENCE y cumplir estándares de calidad. Hay miles de OTEC en Chile, desde grandes universidades hasta consultoras pequeñas.
Preguntas frecuentes
¿Puede usarse la franquicia para capacitación online?
Sí. Los cursos e-learning impartidos por OTEC inscritas en el registro SENCE son elegibles para la franquicia tributaria, siempre que cumplan los requisitos de horas y contenido. La pandemia aceleró la adoptación del e-learning con franquicia, que hoy es completamente válido.
¿Qué pasa si el gasto supera el 1% de la planilla?
El exceso puede deducirse como gasto tributario ordinario (no como franquicia SENCE) si la capacitación es necesaria para el giro del negocio. No se pierde el gasto, pero la forma de deducirlo cambia y el tratamiento contable es distinto.
¿Los trabajadores deben dar consentimiento?
Si la capacitación es dentro del horario laboral, no se requiere consentimiento especial. Si es fuera del horario habitual, el Código del Trabajo exige el acuerdo escrito del trabajador, ya que implica un tiempo adicional. Los trabajadores no pueden ser obligados a capacitarse en su tiempo libre sin compensación.
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