Cómo Denunciar Discriminación por Discapacidad en Chile 2026: SENADIS y Ley

La discriminación por discapacidad en Chile está prohibida por la Ley 20.422 y la Ley 20.609 (Ley Zamudio). Puedes denunciar ante el SENADIS (senadis.gob.cl), presentar una acción judicial de no discriminación ante el Juzgado Civil, o recurrir a organismos específicos según el ámbito (DIT para discriminación laboral, SERNAC para servicios al consumidor, Superintendencia de Salud para salud). El proceso es gratuito y puede incluir indemnización.

La discriminación por discapacidad ocurre más a menudo de lo que se denuncia: barreras arquitectónicas que impiden el acceso, empleadores que rechazan candidatos por su condición, servicios que no adaptan sus procesos, o instituciones educativas que niegan la matrícula. El Estado chileno tiene instrumentos jurídicos y administrativos para corregir estas situaciones. Esta guía explica cómo identificar la discriminación, dónde denunciar y qué resultados puede esperarse.

¿Qué es la discriminación por discapacidad?

La Ley 20.422 (Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad) define la discriminación como toda distinción, exclusión o restricción basada en la discapacidad que tenga el propósito o efecto de impedir el goce o ejercicio de derechos en igualdad de condiciones.

Los tipos más comunes en Chile:

  • Discriminación laboral: no contratar por tener discapacidad, despedir por la condición, no proveer adaptaciones razonables, pagar menos que a un trabajador sin discapacidad en el mismo cargo.
  • Discriminación en educación: negar la matrícula en un establecimiento por la condición, no proporcionar apoyos del PIE, expulsar o separar al estudiante sin proceso.
  • Discriminación en servicios: negar la atención en banco, clínica, comercio o servicio público; cobrar más por la condición; exigir requisitos adicionales que no se piden a personas sin discapacidad.
  • Barreras de accesibilidad: edificios públicos o privados de alta concurrencia sin rampas, ascensores ni señalética accesible, incumpliendo la Ley 20.422.
  • Discriminación en salud: negar atención, no adaptar procedimientos, comunicarse solo con familiares ignorando a la persona con discapacidad.

Marco legal: las leyes que te protegen

  • Ley 20.422 (2010): ley base de discapacidad. Establece el derecho a la no discriminación, la accesibilidad y los apoyos razonables. El SENADIS es el organismo encargado de su aplicación.
  • Ley 20.609 (Ley Zamudio, 2012): ley antidiscriminación general que protege a todos los grupos, incluyendo personas con discapacidad. Crea la acción judicial de no discriminación ante los tribunales.
  • Código del Trabajo (art. 2): prohíbe la discriminación laboral por discapacidad y permite al trabajador demandante recibir indemnización especial.
  • Ley 21.015: obliga a las empresas a reservar el 1% de empleos para personas con discapacidad.

Dónde denunciar: los canales disponibles

SENADIS: el organismo especializado

El Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS) tiene una unidad jurídica que recibe denuncias de vulneración de los derechos de personas con discapacidad. No tiene potestad sancionatoria directa, pero puede:

  • Mediar entre las partes.
  • Orientar sobre el canal judicial o administrativo correcto.
  • Emitir informes que apoyen las acciones legales del afectado.

Ingresa en senadis.gob.cl o llama al +56 2 2585 6000.

Acción judicial de no discriminación (Ley Zamudio)

La Ley 20.609 permite presentar una acción judicial ante el Juzgado Civil dentro de los 90 días desde el acto discriminatorio. El tribunal puede:

  • Declarar que se violó el derecho a la no discriminación.
  • Ordenar las medidas correctivas.
  • Condenar al discriminador a pagar una indemnización de entre 5 y 50 UTM (~$340.000 a $3.400.000).

Este proceso requiere abogado, aunque la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) puede asesorarte gratuitamente.

DIT (Inspección del Trabajo): para discriminación laboral

Si la discriminación es en el empleo (despido, no contratación, falta de adaptaciones), la Inspección del Trabajo puede fiscalizar y multar al empleador. Denunciar en dt.gob.cl es gratuito y puede hacerse anónimamente.

Otros canales según el ámbito

  • Superintendencia de Educación: para discriminación en establecimientos educacionales (supes.cl).
  • Superintendencia de Salud: para discriminación en prestaciones de salud (supersalud.gob.cl).
  • SERNAC: para discriminación en servicios al consumidor (sernac.cl).
  • CMF: para discriminación en servicios financieros (reclamos.cmf.cl).

Cómo documentar la discriminación

  • Guarda correos electrónicos, mensajes o comunicaciones escritas que muestren el trato discriminatorio.
  • Si es verbal, documenta la fecha, hora, lugar y testigos presentes.
  • Guarda rechazos de empleo, matrícula o servicios que no tengan justificación objetiva.
  • Si hay barreras arquitectónicas, fótgralas con fecha y lugar visible.
  • Solicita por escrito al establecimiento la justificación del rechazo: su respuesta o el silencio son evidencia.

Preguntas frecuentes sobre discriminación por discapacidad

¿La discriminación indirecta también está prohibida?

Sí. La discriminación indirecta ocurre cuando una norma o práctica aparentemente neutra tiene un efecto desproporcionadamente negativo sobre personas con discapacidad. Por ejemplo, exigir una prueba física que no es estrictamente necesaria para un trabajo de oficina. Este tipo de discriminación también está prohibida y puede ser denunciada.

¿Qué es la “denegación de adaptación razonable” y por qué es discriminación?

La Ley 20.422 establece que negar adaptaciones razonables sin justificación objetiva (una adaptación que el empleador, escuela o servicio puede implementar sin carga desproporcionada) constituye discriminación. Si una empresa con 50 empleados niega usar software lector de pantalla para un trabajador ciego, eso es una negativa de adaptación razonable y puede denunciarse.


Consulta la guía de beneficios para personas con discapacidad en Chile o la Ley de Inclusión Laboral.

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