La reforma de pensiones (Ley 21.735, publicada en marzo de 2025) es el cambio más grande al sistema previsional chileno desde la creación de las AFP. No termina con ellas, pero sí introduce una cotización adicional del empleador, un nuevo aporte colectivo (FAPP) y mejoras a la PGU. Si cotizas —o estás a punto de jubilar— te conviene entender qué cambia y desde cuándo.
Los cambios no llegan de golpe. La ley plantea una implementación gradual que parte en agosto de 2025 y se completa hacia 2032. Cada pieza tiene su momento de entrada y su impacto concreto.
¿Qué cambia con la reforma?
- Nueva cotización del empleador: 8,5% adicional del sueldo imponible, a cargo del empleador (antes era 0%).
- Distribución del 8,5%: 4,5% va a tu cuenta individual AFP y 6,0% se destina al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). A partir de 2032 el reparto final queda 7% cuenta individual y 1,5% FAPP.
- FAPP: fondo solidario que paga un beneficio por cada año cotizado, con tope. Beneficia sobre todo a mujeres y a quienes tuvieron lagunas.
- Aumento de la PGU: sube a $250.000 para mayores de 65 años que cumplan requisitos.
- Licitación de afiliados: parte de los cotizantes serán licitados a la AFP que ofrezca menores comisiones.
Calendario: cuándo empieza cada cambio
- Agosto 2025: parte el primer tramo de cotización adicional (1% del empleador).
- 2026-2027: sube gradualmente hasta 6%.
- 2028-2032: se completa el 8,5% total. Simultáneamente empieza a cambiar la distribución cuenta individual / FAPP.
- 2026: entra en vigencia el aumento de la PGU a $250.000.
¿Cómo me afecta si soy trabajador dependiente?
Si tienes contrato, no se te descuenta más de tu sueldo. La cotización adicional la paga el empleador. Ojo: eso no significa que sea «gratis»; en la práctica puede moderar reajustes futuros, pero en tu liquidación no verás un descuento nuevo por este concepto.
Lo que sí cambia a largo plazo es tu saldo AFP: la porción del 8,5% que va a tu cuenta individual irá sumándose desde agosto de 2025. Si eres joven, ese aporte acumulado durante 20-30 años puede representar una pensión bastante mayor. Si te quedan menos de 5 años para jubilar, el impacto en tu pensión final será más acotado, aunque el alza de la PGU sí te beneficia de inmediato.
¿Y si soy independiente o emito boletas?
Los independientes que cotizan por boleta de honorarios seguirán con el esquema de retención anual en la Operación Renta. La reforma los incluye progresivamente en el FAPP, con reglas específicas que se irán publicando.
La integración completa de los independientes tomará varios años. Para 2026 el cambio más visible es el alza gradual en la tasa de retención de boletas de honorarios, que ya venía subiendo en años anteriores. El objetivo es que un trabajador a honorarios llegue a tener cobertura previsional similar a la de alguien con contrato.
Lo que más preocupa de la reforma
¿Se acaban las AFP con la reforma?
No. Las AFP siguen administrando las cuentas individuales. Lo que cambia es que aparece un aporte colectivo paralelo (FAPP) gestionado por un ente autónomo, y que parte de los afiliados serán licitados.
¿Voy a recibir una mejor pensión gracias a la reforma?
Depende de tu edad y años cotizados. Quienes jubilen en los próximos 2-3 años verán un impacto pequeño (el FAPP todavía se está llenando). Quienes coticen 15+ años bajo el nuevo sistema sí notarán una pensión mayor, especialmente mujeres.
¿El FAPP es lo mismo que el pilar solidario antiguo?
No. El antiguo pilar solidario (APS/PBS) se financiaba con impuestos generales. El FAPP se financia con la cotización del 6% del empleador y paga un monto por cada año cotizado, con tope, independiente de tu AFP.
¿Puedo seguir retirando fondos?
La reforma no contempla nuevos retiros universales ni se discute uno con posibilidades reales en 2026. Se mantienen los mecanismos habituales: jubilación, pensión anticipada, enfermedad terminal y APV. Los casos ampliados incluyen ciertas situaciones de enfermedad catastrófica, cuyos detalles se estarán reglamentando.
¿Qué es la licitación de afiliados?
Los trabajadores que se incorporan al mercado laboral por primera vez —y quienes no tengan AFP elegida— serán asignados periódicamente a la administradora que haya ofrecido la comisión más baja en una licitación pública. La idea es forzar a las AFP a competir por precio. Si te asignan por licitación y preferes otra AFP, puedes cambiarte de forma gratuita transcurrido el período mínimo de permanencia.
Conoce más sobre el sistema de AFP en Chile. También te puede interesar cómo elegir entre los fondos A, B, C, D y E o la Pensión Garantizada Universal (PGU).
