Las deudas con casas comerciales (Falabella CMR, Ripley, Paris, La Polar, Cencosud y otras) son de las más comunes en Chile y también de las que acumulan los intereses más altos. Una tarjeta de crédito de casa comercial puede cobrar tasas de interés cercanas al máximo legal (“tasa de interés máxima convencional”), lo que hace que una deuda pequeña se multiplique rápidamente si no se paga.
Tus derechos como deudor de una casa comercial
- Conocer el monto exacto de tu deuda: tienes derecho a recibir una liquidación detallada con capital, intereses y gastos de cobranza
- No pagar gastos de cobranza abusivos: el artículo 37 de la Ley 19.496 fija una escala sobre la deuda vencida (9% hasta 10 UF, 6% por lo que exceda de 10 y hasta 50 UF, 3% por lo que exceda de 50 UF), aplicable solo después de los primeros 20 días de atraso
- No ser acosado: el contacto de cobranza tiene límites de horario y no puede incluir a terceros (familia, vecinos, empleador)
- Reclamar ante el SERNAC: las casas comerciales están sujetas a la Ley del Consumidor
- Prepagar sin multa: si quieres liquidar la deuda antes de tiempo, la ley permite el prepago con un descuento proporcional de intereses
Cómo negociar la deuda con una casa comercial
Las casas comerciales generalmente tienen departamentos de repactación con márgenes para negociar, especialmente cuando la deuda está en mora. Las estrategias más efectivas:
- Pago al contado con descuento: si puedes juntar un pago grande, muchas casas comerciales ofrecen quitas del 30–60% del total para liquidar de una sola vez
- Plan de cuotas sin interés adicional: para montos manejables, pide un convenio de pago que congele los intereses de mora
- Negociar en periodo crítico: si la deuda está cerca de prescribir, tienes más poder de negociación porque el acreedor sabe que pronto podrás oponer la prescripción si te demanda
¿Cuándo prescribe la deuda con una casa comercial?
La regla general del artículo 2515 del Código Civil es de tres años para la acción ejecutiva y cinco para la ordinaria, contados desde que la deuda se hizo exigible (el vencimiento de la cuota impaga). Si la deuda consta en un pagaré, la acción cambiaria prescribe en un año desde el vencimiento (art. 98 de la Ley 18.092). La prescripción no opera sola: debes alegarla si te demandan.
Sin embargo, cuidado con dos situaciones que interrumpen la prescripción:
- Pago parcial: cualquier pago reinicia el plazo desde cero
- Reconocimiento escrito de la deuda: si firmas alguna repactación o reconocimiento, el plazo vuelve a empezar
CMF: ente regulador de las casas comerciales
Las casas comerciales que emiten tarjetas de crédito están supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Si la casa comercial cobra tasas superiores al máximo legal, no entrega estados de cuenta claros, o incumple normas financieras, puedes denunciar ante la CMF en www.cmfchile.cl.
La renegociación y el historial crediticio
Al renegociar una deuda con una casa comercial, considera el impacto en tu historial crediticio:
- Quita de deuda (acuerdo de pago menor al total): si el acuerdo extingue la deuda, el artículo 18 de la Ley 19.628 impide seguir comunicándola en el Boletín. Deja por escrito que el pago salda la obligación completa.
- Convenio o repactación: el artículo 17 de la misma ley prohíbe comunicar las obligaciones repactadas, renegociadas o novadas. Si la vuelves a dejar impaga, puede volver a informarse.
- Límite de cinco años: ninguna deuda impaga puede comunicarse pasados cinco años desde que se hizo exigible (art. 18), se haya alegado o no la prescripción.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden embargar si debo a una casa comercial?
Sí, a través de un juicio. En el juicio ejecutivo el embargo se traba tras el requerimiento de pago, antes de la sentencia (art. 443 del CPC), aunque siempre dentro de los límites de inembargabilidad: el sueldo, por ejemplo, solo es embargable en lo que exceda de 56 UF (lo explicamos en la guía del embargo de sueldo). Las casas comerciales generalmente prefieren repactar antes de iniciar juicios por deudas pequeñas por los costos judiciales involucrados.
¿Pueden seguir cobrando si la deuda prescribió?
Sí, pueden intentar el cobro extrajudicial (llamadas, cartas). Lo que no pueden es demandar judicialmente. La prescripción es una defensa que tú debes hacer valer si el acreedor demanda: alegas la prescripción y el juez puede declarar extinguida la acción.
¿La CMF puede obligar a la casa comercial a renegociar mi deuda?
La CMF no puede obligar a renegociar, pero sí puede fiscalizar que la empresa no infrinja las normas financieras (tasas máximas, información clara de deuda, gastos de cobranza). Si la casa comercial infringe alguna norma en el proceso de cobro, la CMF puede sancionarla, lo que indirectamente puede mejorar tu posición negociadora. Reclama ante la CMF en www.cmfchile.cl si detectas infracciones.
Consulta toda la información sobre deudas y cobranzas en Chile. También te puede interesar cómo reclamar ante el SERNAC y la prescripción de deudas.
