Quiebra Personal en Chile 2026: Ley 20.720, Requisitos y Costos

La Ley 20.720 de reorganización y liquidación de empresas y personas (vigente desde 2014) permite a personas naturales y pequeñas empresas sobreendeudadas buscar una salida ordenada: renegociar con sus acreedores o liquidar sus bienes para extinguir las deudas.

Es el equivalente chileno a la «quiebra personal» y puede darte un reemprendimiento. Actualizado abril 2026.

Dos procedimientos posibles

1. Procedimiento de renegociación

Administrativo, ante la Superintendencia de Insolvencia (Superir). Negocias nuevas condiciones de pago con todos tus acreedores a la vez. No requiere abogado.

2. Procedimiento de liquidación

Judicial, ante el tribunal civil. Se liquidan tus bienes para pagar a los acreedores en orden legal, y las deudas no cubiertas se extinguen. Requiere abogado.

Requisitos para iniciar renegociación

  • Ser persona natural no contribuyente de primera categoría (no empresa formal)
  • Tener al menos 2 deudas vencidas con acreedores distintos por más de 90 días
  • Monto total de deudas superior a 80 UF (aprox. $3,2 millones en 2026)
  • No haber iniciado otro procedimiento en los últimos 5 años
  • No estar en juicio ejecutivo avanzado por algún acreedor

Paso a paso: renegociación

  1. Ingresa a superir.gob.cl
  2. Completa el formulario con tus datos, ingresos, deudas y acreedores
  3. Sube comprobantes (liquidaciones de sueldo, cartolas, cartas de cobro)
  4. La Superir llama a los acreedores a una audiencia de determinaci
  5. Luego audiencia de renegociación: acuerdan plazos, tasas, condonaciones
  6. Si hay acuerdo: se firma y se cumple. Si no: pasa a ejecución o liquidación

¿Cuánto cuesta?

  • Renegociación: gratis ante la Superir. Sin abogado
  • Liquidación: paga honorarios de abogado ($500.000 a $2.000.000) y del veedor/liquidador (porcentaje del activo)

Consecuencias de la liquidación

  • Quedas extinguido de las deudas no pagadas (con excepciones: pensión alimenticia, multas penales, deudas tributarias con dolo)
  • Inhabilidades: durante el procedimiento no puedes administrar bienes, contratar ciertos servicios financieros
  • Aparece en registros públicos por 5 a 7 años: dificulta créditos futuros
  • Te quedas sin activos significativos: se rematan para pagar

¿A quién le conviene?

A personas con deudas mayores al valor de sus activos, sin capacidad de pago razonable en los próximos años, y que quieren empezar de cero. No sirve si tus deudas son recientes y puedes pagarlas en 3-5 años repactando.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo mi casa?

En liquidación, sí si está inscrita a tu nombre. Hay excepciones para bienes inembargables (casa familiar en ciertos casos, herramientas de trabajo básicas).

¿Mi sueldo puede embargarse?

Solo el 15% del exceso sobre el sueldo mínimo ($539.000 en 2026). El resto es inembargable por ley.

¿Puedo volver a endeudarme después?

Sí, pero tu acceso a crédito estará restringido por años. Debes reconstruir historial.

¿Aplica a deudores con aval solidario?

Tu quiebra no libera a tus avales: ellos siguen obligados al pago.


Consulta la guía de deudas y cobranzas. También te puede interesar cómo salir de Dicom o prescripción de deudas.

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