Las horas extra en Chile se pagan con un recargo mínimo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria. Según la Dirección del Trabajo, con jornada de 42 horas: sueldo ÷ 30 × 28 ÷ 168 × 1,5, o lo que es lo mismo, sueldo × 0,0083333. Con un sueldo de $800.000, cada hora extra vale $6.667. El máximo legal es de 2 horas extra por día.
Fórmula para calcular el valor de la hora extra
- Valor hora ordinaria = Sueldo mensual ÷ 30 × 28 ÷ (jornada semanal × 4). Con 42 horas, el divisor es 168.
- Valor hora extra = Valor hora ordinaria × 1,5
Ejemplos prácticos con jornada de 42 horas (2026)
| Sueldo mensual | Valor hora ordinaria | Valor hora extra (x1,5) |
|---|---|---|
| $553.553 (ingreso mínimo desde mayo de 2026) | $3.075 | $4.613 |
| $700.000 | $3.889 | $5.833 |
| $1.000.000 | $5.556 | $8.333 |
| $1.500.000 | $8.333 | $12.500 |
| $2.000.000 | $11.111 | $16.667 |
Desde el 26 de abril de 2026 la jornada ordinaria máxima es 42 horas semanales (Ley 21.561). Son horas extra las que exceden ese máximo o la jornada pactada, si es menor (artículo 30). El recargo del 50% se calcula sobre el sueldo convenido, y si no hay sueldo o es inferior al ingreso mínimo, sobre el ingreso mínimo (artículo 32).
Reglas clave sobre las horas extra
- Máximo legal: 2 horas extra por día, y solo en faenas que no perjudiquen la salud (artículo 31).
- Pacto escrito y temporal: solo se pactan para necesidades temporales de la empresa, por escrito y por un máximo de tres meses renovables. Aun sin pacto, las horas trabajadas en exceso con conocimiento del empleador se pagan como extra (artículo 32).
- Pago obligatorio: se liquidan y pagan junto con las remuneraciones del período; no pueden diferirse.
- Compensación con descanso: solo por acuerdo escrito, hasta 5 días hábiles adicionales de feriado al año, a razón de una hora y media de feriado por cada hora extra, que debes usar dentro de los seis meses siguientes avisando con 48 horas.
- Registro obligatorio: el empleador debe controlar la asistencia con libro, reloj control o sistema electrónico (artículo 33). Con esos registros puedes calcular tus horas trabajadas y comprobar cuántas exceden la jornada.
Horas extra en trabajo a turnos o nocturnas
Algunas industrias (minería, pesca, hospitales) tienen regimenes especiales de jornada. Sin embargo, el recargo mínimo del 50% sobre las horas extra aplica en todos los casos. El Código no fija un recargo general por trabajo nocturno; si existe, viene del contrato o del convenio colectivo.
Jornada excepcional y horas extra
Algunos sectores tienen regimenes de jornada excepcional autorizados por el Director del Trabajo mediante resolución fundada (artículo 38 del Código), con acuerdo de los trabajadores involucrados, típicos de faenas mineras o plantas de proceso. Lo puedes consultar en la Dirección del Trabajo. En estos sistemas:
- La jornada puede distribuirse en ciclos de trabajo y descanso (por ejemplo 7×7 o 14×14), con jornadas diarias más largas que las habituales.
- La resolución que autoriza el sistema fija la jornada y los descansos, así que las horas extra se miden contra lo que ella establece.
Si trabajas en un régimen excepcional, el cálculo de tus horas extra puede diferir de la fórmula estándar. Pide a tu empleador copia de la resolución de la Dirección del Trabajo que autoriza tu régimen.
Cómo documentar y reclamar horas extra no pagadas
- Guarda evidencia del tiempo trabajado: correos con horarios, registros de acceso, mensajes del empleador pidiendo presencia fuera de jornada.
- Revisa tus liquidaciones: las horas extra deben aparecer desglosadas. Si no aparecen, hay incumplimiento.
- Reclama por escrito al empleador con el detalle de las horas extra realizadas.
- Si no hay respuesta: denuncia en la Inspección del Trabajo (dt.gob.cl) o haz reserva de derechos en el finiquito si terminas el contrato. Ojo con el plazo: el cobro de horas extra prescribe en seis meses desde la fecha en que debieron pagarse (artículo 510), no en dos años.
Preguntas frecuentes sobre horas extra
¿Puede el empleador obligarme a hacer horas extra?
Las horas extra se pactan por escrito, para necesidades temporales y por un máximo de tres meses renovables (artículo 32), así que el empleador no puede imponerlas de forma habitual. La excepción son las situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, o los accidentes o reparaciones urgentes, en que el artículo 29 permite exceder la jornada en lo indispensable, y ese tiempo igual se paga como extra.
¿Qué pasa si el empleador no paga las horas extra?
Es una infracción al Código del Trabajo. Puedes denunciar en la Inspección del Trabajo (dt.gob.cl) o demandar el pago ante el Juzgado de Letras del Trabajo dentro de los seis meses del artículo 510. La Inspección puede multar al empleador, y las sumas adeudadas se pagan reajustadas y con intereses.
¿Las horas extra en domingo o festivo tienen recargo adicional?
El Código del Trabajo establece el recargo mínimo del 50% para todas las horas extra, independientemente del día. Sin embargo, si el contrato o el convenio colectivo establece un recargo mayor para domingos o festivos, ese mayor recargo prevalece. Revisa tu contrato colectivo si estás sindicalizado.
Consulta también la guía de horas extra en Chile o la calculadora de sueldo líquido. Accede a todas las calculadoras y herramientas para trámites.
