Calculadora Impuesto a la Renta Chile 2026: Quién Paga y Cuánto

El impuesto a la renta en Chile aplica a quienes ganan más de 13,5 UTM al mes, es decir $974.038 con la UTM de octubre de 2026, que es de $72.151 (13,5 UTA al año, unos $11.688.462). Para los trabajadores dependientes, el empleador descuenta mensualmente el Impuesto Único de Segunda Categoría directamente del sueldo. Para independientes (honorarios), el impuesto se declara y paga anualmente en la Operación Renta, en abril. La tasa es progresiva: desde el 4% hasta el 40% según el tramo de ingresos.

El sistema tributario chileno distingue según el origen de los ingresos: hay un impuesto para trabajadores dependientes (Impuesto Único de Segunda Categoría), otro para independientes y rentas mixtas (Impuesto Global Complementario), y el Impuesto de Primera Categoría para empresas. Esta guía se enfoca en las personas naturales: trabajadores, independientes y quienes tienen ambos tipos de ingreso.

Impuesto Único de Segunda Categoría: para trabajadores dependientes

Si trabajas con contrato y recibes sueldo mensual, tu empleador descuenta mensualmente el Impuesto Único de Segunda Categoría de tu remuneración. Este impuesto aplica sobre la renta líquida imponible mensual: tu remuneración imponible menos las cotizaciones obligatorias (AFP, salud y seguro de cesantía), no sobre el sueldo bruto.

Tramos de octubre de 2026, según la tabla del SII (los montos en pesos cambian cada mes con la UTM; los tramos en UTM son fijos):

Renta líquida imponible mensualFactorCantidad a rebajar
Hasta 13,5 UTM ($974.038,50)Exento—
13,5 a 30 UTM (hasta $2.164.530)0,04$38.961,54
30 a 50 UTM (hasta $3.607.550)0,08$125.542,74
50 a 70 UTM (hasta $5.050.570)0,135$323.957,99
70 a 90 UTM (hasta $6.493.590)0,23$803.762,14
90 a 120 UTM (hasta $8.658.120)0,304$1.284.287,80
120 a 310 UTM (hasta $22.366.810)0,35$1.682.561,32
Sobre 310 UTM0,4$2.800.901,82

El impuesto es progresivo: pagas la tasa de cada tramo solo sobre el monto que cae en ese tramo. En la práctica el SII lo resuelve con un factor y una rebaja fija por tramo: con una renta líquida imponible de $1.500.000 en octubre de 2026, el cálculo es $1.500.000 × 0,04 − $38.961,54 = $21.038 de impuesto mensual.

Cálculo práctico: ¿Qué impuesto paga cada sueldo?

Renta líquida imponible mensualImpuesto mensual (octubre 2026)Porcentaje efectivo
$900.000$0 (exento)0%
$1.200.000$9.0380,75%
$1.500.000$21.0381,40%
$2.000.000$41.0382,05%
$3.000.000$114.4573,82%
$5.000.000$351.0427,02%

Cada fila es la renta líquida imponible multiplicada por el factor de su tramo, menos la cantidad a rebajar. Por ejemplo, para $3.000.000: $3.000.000 × 0,08 − $125.542,74 = $114.457. Ojo: la columna de la izquierda no es tu sueldo bruto, sino lo que queda después de las cotizaciones obligatorias, así que un sueldo bruto de $1.200.000 tributa bastante menos de lo que muestra su fila. Para pasar del bruto al líquido usa la calculadora de sueldo líquido.

Impuesto para trabajadores independientes (honorarios)

Los independientes que emiten boletas de honorarios pagan el Impuesto Global Complementario anualmente en la Operación Renta, en abril. El sistema funciona así:

  1. Durante el año, cada vez que emites una boleta de honorarios, el receptor retiene un porcentaje (una retención que la Ley 21.133 va subiendo gradualmente hasta el 17% y que se destina primero a tus cotizaciones previsionales; la tasa de cada año figura en el SII).
  2. Al hacer la Operación Renta, el SII calcula el impuesto anual sobre el total de tus ingresos del año, aplicando los tramos progresivos.
  3. Si la retención fue mayor al impuesto calculado: el SII te devuelve la diferencia.
  4. Si fue menor: debes pagar la diferencia.

Además del impuesto, los independientes pagan sus cotizaciones previsionales como trabajadores independientes (AFP, salud y seguros sociales) sobre el 80% de los honorarios brutos, con cargo al mismo proceso de la Operación Renta.

Gastos presuntos y gastos efectivos: cómo reducir la base imponible

Los independientes pueden deducir gastos de su base imponible antes de calcular el impuesto. Hay dos modalidades:

  • Gastos presuntos: el SII permite deducir automáticamente el 30% de los ingresos brutos como gastos, sin necesidad de acreditarlos con boletas. Esta rebaja no puede exceder de 15 UTA vigentes al cierre del año (artículo 50 de la Ley sobre Impuesto a la Renta): como referencia, unos $12.987.180 con la UTA de octubre de 2026; el monto exacto sale de la UTA de diciembre. Si tus gastos reales son menores al 30%, usa el presunto.
  • Gastos efectivos: si tienes gastos de trabajo superiores al 30% (arriendo de oficina, equipos, servicios), puedes deducirlos presentando los documentos al SII. Solo pueden deducirse los gastos necesarios para generar los ingresos.

La devolución de impuestos: cómo funciona

Si durante el año te descontaron más impuesto del que realmente debes (porque cambiaste de trabajo, tuviste menos ingresos del esperado o tuviste meses sin sueldo), la Operación Renta genera una devolución. La paga la TGR por tandas, según la fecha en que declaraste, y antes descuenta las compensaciones y retenciones que tenga registradas a tu nombre.

Para recibirla rápido: declara temprano e indica en tu declaración una cuenta bancaria o CuentaRUT a tu nombre. Sin cuenta, o si el banco rechaza el depósito, la TGR genera un pago por caja de BancoEstado o envía un cheque a tu domicilio tributario. Más detalle en la guía de la Tesorería General de la República.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto a la renta

¿Necesito declarar renta si gano el sueldo mínimo?

Si trabajas con contrato y tu única fuente de ingresos es ese sueldo (bajo el límite exento), el SII genera automáticamente una “propuesta de declaración” que simplemente confirmas sin pagar nada. Los trabajadores con sueldo bajo el umbral de exención que no tienen otras rentas no necesitan hacer nada activo en la Operación Renta.

¿Qué pasa si no declaro renta estando obligado?

El retraso en una declaración que determina impuesto tiene una multa del 10% de los impuestos que resulten, si no pasa de 5 meses; después sube un 2% por cada mes o fracción, hasta un máximo del 30% (artículo 97 N° 2 del Código Tributario). A eso se suman el reajuste por IPC y un interés penal por cada día de atraso en el pago (artículo 53). Si detectas que no declaraste un año anterior, conviene regularizarse antes de que el SII inicie una fiscalización.


Consulta cómo hacer la declaración de renta y devolución de impuestos o la calculadora de sueldo líquido.

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