Regularización Migratoria Chile 2026: Cómo Regularizar tu Situación

La regularización migratoria en Chile no es un trámite único: el camino depende de cómo entraste al país y de qué permiso tenías. Si ingresaste por un paso habilitado y se te venció el permiso, declaras la infracción, pagas la multa y pides la residencia que te corresponda en el portal del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG). Si entraste por un paso no habilitado, la ley te cierra la residencia durante cinco años, salvo excepciones humanitarias.

Todo esto lo regula la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, que en 2021 reemplazó al antiguo Departamento de Extranjería y Migración (DEM) por el SERMIG. Su artículo 9 dice que la migración irregular no es delito: es una infracción administrativa que se sanciona con multa y, en algunos casos, con expulsión. Esa regla seguía vigente en octubre de 2026, aunque en el Congreso se tramita un proyecto para tipificar el ingreso clandestino.

Primero: ¿en qué situación estás?

La ley no trata igual a todas las personas en situación irregular. Ubica tu caso antes de hacer nada:

  • Entraste como turista y se te venció la permanencia transitoria (los 90 días o su prórroga): estás en infracción y, además, vencida la permanencia transitoria eres causal de expulsión (art. 127 n.º 4).
  • Tenías residencia temporal y no la prorrogaste a tiempo: la ley te da nueve meses desde el vencimiento para pedir la prórroga pagando la multa (art. 37). Antes de ese plazo no procede expulsarte por ese motivo (art. 128 n.º 4).
  • Te rechazaron una solicitud: la resolución fija un plazo para salir del país, de al menos cinco días, y puedes recurrir (art. 91).
  • Entraste por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio: es una prohibición imperativa de ingreso por cinco años (art. 32 n.º 3), y la ley obliga a rechazar las solicitudes de residencia de quien está en esa situación (art. 88 n.º 2).

Si entraste por un paso habilitado y se te venció el permiso

Es el caso más común y el que tiene salida dentro del país. El orden práctico es este:

  1. Declara la infracción en el Portal de Trámites del SERMIG, en el trámite «Declaración de infracción y cálculo de multa». El SERMIG solo lo ofrece a quienes entraron por un paso habilitado.
  2. Revisa el cálculo: el sistema te notifica el inicio del proceso sancionatorio con la multa en UTM. Puedes aceptar o presentar descargos dentro de 10 días hábiles.
  3. Paga en la Tesorería con el enlace del portal. Con la multa pagada, la sanción queda resuelta y puedes seguir con tus trámites.
  4. Pide el permiso que corresponda: la prórroga de tu residencia temporal o, si tienes vínculo familiar con chilenos o residentes definitivos, una residencia temporal desde Chile.

Ojo con un límite: quien está en Chile con permanencia transitoria (como turista) no puede pedir residencia desde el país, salvo que tenga vínculos de familia con chilenos o residentes definitivos, postule como dependiente de un residente temporal, tenga una razón humanitaria u otro caso calificado por la Subsecretaría del Interior (art. 58 y art. 69 de la ley, según la página de residencia temporal del SERMIG). Si no estás en ninguno, la vía es postular desde el extranjero.

Multas por permanencia irregular

Las multas se fijan en UTM y crecen con el tiempo de irregularidad. Según los artículos 107 y 119 de la Ley 21.325:

InfracciónMulta legal
Permiso vencido hasta 180 días corridosDe media a 10 UTM
Permiso vencido más de 180 días corridosDe 1 a 10 UTM
Trabajar sin estar habilitadoDe media a 5 UTM
No pedir la cédula dentro de 30 díasDe media a 2 UTM

Hay tres formas legales de pagar menos. Si te autodenuncias y eso permite detectar la infracción, la multa baja a la mitad (art. 121); el SERMIG aplica esa rebaja del 50 % a quien declara en línea. Si pagas dentro de cinco días hábiles desde la notificación, baja un 25 %, pero esta rebaja no se suma a la anterior. Y en infracciones menos graves, sin antecedentes previos, el SERMIG puede cambiar la multa por una amonestación escrita (art. 124).

Los niños, niñas y adolescentes no pagan multas migratorias. Y mientras tengas una multa impaga, no puedes salir de Chile: el SERMIG exige pagarla antes del egreso.

Si entraste por un paso no habilitado

Aquí conviene ser claro, porque circula mucha información falsa: la Ley 21.325 no permite que quien ingresó eludiendo el control migratorio pida una residencia común desde Chile. La prohibición del art. 32 n.º 3 dura cinco años desde el ingreso, y además quien es sorprendido entrando o recién entrado por un paso no habilitado puede ser reconducido de inmediato a la frontera (art. 131, en la redacción de la Ley 21.655 de 2024).

Las salidas que sí existen son excepcionales:

  • Niños, niñas y adolescentes: tienen derecho a residencia temporal de inmediato, cualquiera sea la situación de sus padres, y es gratuita (art. 41). Ese permiso no se extiende a los adultos de la familia.
  • Razones humanitarias: el SERMIG otorga residencia temporal a víctimas de trata de personas (con un permiso mínimo de doce meses, art. 71), y a víctimas de tráfico ilícito de migrantes. Otros permisos humanitarios (por embarazo, por ejemplo) exigen haber estado en Chile con permanencia transitoria o residencia, así que no sirven a quien entró sin control.
  • Refugio: la solicitud se presenta en persona ante el SERMIG dentro de siete días hábiles desde el ingreso, según la página de refugio del servicio, y la resuelve el Subsecretario del Interior previa recomendación de la Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado.
  • Casos calificados: el Subsecretario del Interior puede otorgar residencia temporal por motivos humanitarios con independencia de la situación migratoria (art. 155 n.º 9), y puede abrir mecanismos de regularización mediante resolución (art. 155 n.º 8).

¿Existe hoy un proceso de regularización masiva?

No hay uno permanente. El último fijado por ley fue el del artículo octavo transitorio de la Ley 21.325: quienes habían entrado por un paso habilitado antes del 18 de marzo de 2020 y estaban irregulares pudieron pedir residencia temporal sin multa dentro de los 180 días siguientes a la publicación de la ley, en 2021. Ese plazo terminó.

Cualquier proceso nuevo tendría que dictarlo el Subsecretario del Interior por resolución. A octubre de 2026, las páginas de residencia del SERMIG no publican ninguno. Desconfía de quien cobre por «inscribirte» en una regularización: los trámites se hacen en el portal del SERMIG y las multas se pagan a la Tesorería.

Qué arriesgas si no regularizas

  • Expulsión: la dicta el Director Nacional del SERMIG por resolución fundada, caso a caso; la ley prohíbe las expulsiones colectivas (art. 130) y obliga a ponderar tu arraigo, tus hijos en Chile y tus antecedentes (art. 129).
  • Prohibición de volver: la expulsión o el abandono ordenado pueden ir con un plazo durante el cual no puedes reingresar (art. 136).
  • Trabajo informal: sin permiso no puedes ser contratado legalmente, y el empleador que te contrate arriesga multas por cada persona (art. 117).
  • Beneficios: las transferencias monetarias del Estado exigen, en general, ser residente. La salud pública y la educación escolar, en cambio, no dependen de tu situación migratoria.

Un ejemplo para entenderlo

Andrea, colombiana, entró por el aeropuerto como turista y se quedó. Cuando quiso arreglar sus papeles llevaba seis meses con la permanencia transitoria vencida. Como entró por un paso habilitado, puede declarar la infracción en línea y pagar la multa con la rebaja del 50 %. Pero eso no le da residencia: como turista, solo podría pedirla desde Chile si tuviera un vínculo familiar con un chileno o un residente definitivo, o una razón humanitaria. Si no, tendrá que salir y postular desde el extranjero a la subcategoría que le corresponda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar mientras tramito mi residencia?

Sí, si iniciaste dentro de Chile una solicitud de residencia que habilite para trabajar: el SERMIG debe darte de inmediato un permiso para actividades remuneradas mientras se resuelve (art. 73), y el certificado de residencia en trámite te habilita para trabajar. El simple comprobante de envío de la solicitud no sirve para eso. Puedes demostrarlo ante un empleador con el certificado gratuito de habilitación laboral del portal del SERMIG.

¿Estar irregular es un delito?

No. El artículo 9 de la Ley 21.325 establece que la migración irregular no constituye delito. Es una infracción administrativa con multa y, según el caso, con expulsión. Sí son delitos el uso de documentos falsos y el tráfico de migrantes. Si el proyecto que tipifica el ingreso clandestino llega a ser ley, esta respuesta cambiará.

¿Las multas se pueden rebajar?

Sí: un 50 % si declaras tú la infracción, o un 25 % si pagas dentro de cinco días hábiles desde la notificación (no se suman). En infracciones menos graves y sin antecedentes, el SERMIG puede reemplazar la multa por una amonestación. No hay un trámite para pedir rebaja directa, pero en los descargos puedes explicar tu caso. Por fuerza mayor o caso fortuito no se aplica sanción.

¿Mis hijos pueden regularizarse aunque yo esté irregular?

Sí. La residencia temporal de niños, niñas y adolescentes se otorga con independencia de la situación migratoria de sus padres, no paga derechos ni multas y la pide el padre, la madre o quien tenga su cuidado personal. Ese permiso no regulariza a los adultos, pero el hijo con residencia puede acceder a salud, educación y beneficios como cualquier niño en Chile.

¿Dónde hago los trámites?

En el Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, con ClaveÚnica o con una cuenta del portal. Para atención presencial en las oficinas regionales hay que reservar hora, y la reserva es gratuita. El trámite de refugio, en cambio, se presenta en persona.


Consulta toda la información sobre migración en Chile. Para entender quién hace cada trámite, revisa la guía del SERMIG y la del permiso de trabajo para extranjeros. Cuando cumplas los requisitos de tiempo, podrás solicitar la residencia definitiva.

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