Certificado de Antecedentes para Trabajar con Menores de Edad Chile 2026

El certificado de antecedentes para trabajar con menores de edad es obligatorio para toda persona que trabaje en colegios, jardines infantiles, centros deportivos, actividades extraescolares o cualquier entorno donde haya niños. Lo emite el Registro Civil con verificación en el Registro de Inhabilidades (RIT). Es gratuito, se obtiene online en registrocivil.cl con ClaveÚnica y debe renovarse cada vez que se cambia de empleador.

Desde la Ley 20.594 (2012), actualizada por la Ley 21.261, Chile tiene un registro especial de personas condenadas por delitos sexuales o violentos contra menores. Este registro se verifica automáticamente al emitir el certificado para trabajar con niños, y si alguien aparece en él, el certificado lo indica explícitamente.

¿Quién debe presentar este certificado?

  • Profesores y asistentes de la educación en todos los niveles.
  • Personal de jardines infantiles y salas cunas (JUNJI, Integra, privados).
  • Monitores, entrenadores y personal de actividades deportivas y extracurriculares para menores.
  • Personal de residencias, hogares y centros de atención de menores (SENAME, privados).
  • Médicos, psicólogos y profesionales de salud que atiendan a menores de edad.
  • Cualquier trabajador que tenga contacto regular y directo con niños en el ámbito laboral.

Cómo obtener el certificado online

  1. Ingresa a registrocivil.cl y busca “Certificado de Antecedentes”.
  2. Autêntícate con ClaveÚnica.
  3. Selecciona el tipo “Para trabajar con menores de edad” (o “Para fines específicos: trabajo con menores”).
  4. Descarga el PDF. El certificado verifica automáticamente el Registro de Inhabilidades.

El certificado es gratuito e instantáneo. Si apareces en el Registro de Inhabilidades, el documento lo indica con texto explícito. Si no apareces, el certificado indica que no tiene anotaciones de este tipo.

Qué delitos generan inhabilidad para trabajar con menores

  • Delitos sexuales contra menores de edad (abusos, violación, pedofilia).
  • Producción o distribución de material de abuso sexual infantil (CSAM).
  • Delitos violentos graves en contra de menores.
  • Tráfico de personas cuando las víctimas son menores de edad.

La inhabilidad no prescribe con el tiempo: es permanente. Una persona condenada por alguno de estos delitos nunca puede obtener un certificado limpio para trabajar con menores, independientemente de cuándo ocurrió la condena.

Obligación del empleador

La ley obliga al empleador a solicitar y verificar este certificado antes de contratar a alguien que trabajará con menores. Si contrata a alguien sin solicitarlo y esa persona cometiera un delito contra un menor, el empleador puede tener responsabilidad civil y penal por omisión del deber de cuidado.

Voluntarios y actividades extracurriculares con menores

El requisito del certificado aplica también para el voluntariado. Organizaciones que trabajan con niños (fundaciones, ONG, grupos scout, parroquias, academias deportivas) deben exigirlo a sus voluntarios antes de que tengan contacto regular con menores.

En la práctica, muchas organizaciones voluntarias aún no implementan este requisito, lo que las expone a responsabilidad legal. Si eres responsable de una organización de voluntariado con niños, implementa la exigencia del certificado desde hoy. Si eres padre o apoderado, no dudes en preguntar si los voluntarios de la organización de tu hijo tienen el certificado al día.

Preguntas frecuentes

¿Con qué frecuencia hay que renovar el certificado?

La ley exige que el empleador lo solicite al inicio de la relación laboral. Muchos empleadores lo piden anualmente o al inicio de cada temporada. Se recomienda tenerlo actualizado (menos de 30 días) ante posibles auditorías del MINEDUC.

¿Es lo mismo que el certificado general de antecedentes?

No. El certificado general muestra condenas penales con los beneficios del DL 409 si aplica. El certificado para trabajar con menores verifica el Registro de Inhabilidades (RIT), un registro separado que nunca puede acogerse al DL 409 para ocultar las condenas de este tipo.

¿Qué pasa si un voluntario tiene inhabilidades y nadie lo sabía?

Si se descubre que un voluntario o trabajador tiene inhabilidades y estuvo en contacto con menores sin que la organización haya verificado el certificado, la organización puede tener responsabilidad penal y civil por haber omitido el deber de cuidado que establece la Ley 20.594. La exigencia del certificado no es opcional: es una obligación legal.


Consulta también el certificado de antecedentes para fines específicos o cómo obtener el certificado de antecedentes general.

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