El certificado de matrimonio acredita que dos personas contrajeron matrimonio y que ese matrimonio está inscrito en el Registro Civil chileno. Lo emite el Servicio de Registro Civil e Identificación y es la forma de probar el estado civil de casado, divorciado o viudo ante cualquier institución. Puedes obtenerlo gratis y en línea, y elegir entre tres versiones según para qué lo necesites.
Antes de descargarlo conviene saber cuál te piden, porque solo una de ellas muestra el régimen de bienes y las anotaciones posteriores al matrimonio, como un divorcio. Esa es la que mucha gente busca como certificado «con subinscripciones».
Cómo obtenerlo online
- Entra a www.registrocivil.cl o abre la aplicación Civil Digital App (Android e iOS)
- Busca los certificados en línea y elige el de matrimonio
- Completa los datos que te pide el formulario
- Elige el tipo: todo trámite con inscripciones, todo trámite sin inscripciones o para asignación familiar
- Descarga el documento y guárdalo en PDF
Por el sitio web y la aplicación del Registro Civil es gratuito, y también en las sucursales y Módulos Express de ChileAtiende. Solo se paga si lo pides en una oficina del Registro Civil: según la ficha del trámite en ChileAtiende, $1.820 el de todo trámite con inscripciones, $710 el de sin inscripciones y $290 el de asignación familiar. Si vives fuera de Chile, puedes obtenerlo en línea o en un consulado. Para dudas, el Registro Civil atiende en el 600 370 2000.
Tipos de certificado de matrimonio
El Registro Civil emite tres versiones. Todas acreditan el matrimonio con los datos de los contrayentes (nombre, RUN y fecha de nacimiento), el número de registro y el lugar y la fecha de la celebración. Lo que cambia es lo que se agrega encima.
Todo trámite con inscripciones (el «con subinscripciones»)
Es el nombre oficial de lo que en la calle se pide como certificado «con subinscripciones». Incluye el régimen patrimonial elegido y las anotaciones que se hacen al margen de la inscripción del matrimonio, que la ley llama subinscripciones: la sentencia de divorcio (Ley 19.947, art. 59), la de nulidad (art. 50 de la misma ley) y los pactos que cambian el régimen de bienes (Código Civil, art. 1723). Es el que sirve cuando alguien necesita saber si el matrimonio sigue vigente o bajo qué régimen están casados.
Todo trámite sin inscripciones
Acredita que el matrimonio se celebró, con sus datos básicos, pero sin el régimen ni las anotaciones marginales. Sirve cuando solo te piden probar que te casaste, por ejemplo para un permiso laboral por matrimonio. Si el trámite depende de que sigas casado o del régimen de bienes, no te va a servir: pide el con inscripciones.
Para asignación familiar
Es la versión pensada para el trámite de asignación familiar, cuando hay que acreditar el vínculo con el cónyuge. En oficina es la más barata de las tres; en línea, como las otras, no tiene costo.
¿Para qué trámites se necesita?
El Código Civil dispone que el estado civil de casado, separado judicialmente, divorciado o viudo se prueba con las partidas de matrimonio y de defunción (art. 305). Por eso aparece en trámites muy distintos:
- Divorcio o nulidad: para acreditar ante el Juzgado de Familia el matrimonio que se quiere terminar.
- Herencias: en la posesión efectiva acredita que el cónyuge sobreviviente es heredero.
- Pensión de sobrevivencia: acredita la calidad de cónyuge para cobrar la pensión de sobrevivencia.
- Permiso laboral: el Código del Trabajo exige entregar el certificado al empleador dentro de los 30 días siguientes a la boda (art. 207 bis).
- Asignación familiar: para acreditar al cónyuge en el trámite.
- Trámites en el extranjero: con apostilla, para que otro país lo reconozca.
Matrimonios celebrados en el extranjero
El Registro Civil solo puede darte un certificado de un matrimonio que tenga inscrito. Si te casaste fuera de Chile y el matrimonio no está inscrito aquí, primero hay que inscribirlo en el Registro de la Primera Sección de la comuna de Santiago, con los antecedentes del país de celebración debidamente legalizados (art. 135 del Código Civil y art. 4 de la Ley 4.808); si ese país es parte del Convenio de La Haya, la apostilla reemplaza a la legalización.
Ojo con el régimen: quienes se casaron en el extranjero se miran en Chile como separados de bienes, salvo que al inscribir el matrimonio pacten sociedad conyugal o participación en los gananciales y quede constancia en la inscripción. Si son personas del mismo sexo, solo pueden pactar participación en los gananciales (art. 135).
Vigencia del certificado
El certificado muestra la situación del matrimonio el día en que se emite. No tiene un plazo de vigencia fijado en la ley: es cada institución la que decide qué tan reciente lo exige. Si te piden acreditar que sigues casado, lleva uno con inscripciones emitido cerca de la fecha del trámite, porque un divorcio o una nulidad posteriores solo aparecerán en las versiones nuevas.
El régimen patrimonial que aparece en el certificado
El régimen de bienes define qué le corresponde a cada cónyuge si el matrimonio termina por divorcio o por fallecimiento. Hay tres:
- Sociedad conyugal: es el régimen que se aplica por el solo hecho del matrimonio entre un hombre y una mujer celebrado en Chile, si no pactan otro (Código Civil, art. 135). Al disolverse, y hechas las deducciones de la liquidación, los gananciales se dividen por mitad entre los cónyuges (art. 1774).
- Separación de bienes: cada cónyuge es dueño de lo suyo y lo administra. Es el régimen de los matrimonios entre personas del mismo sexo si no optan por la participación en los gananciales, y el de quienes se casaron en el extranjero y no pactaron otro al inscribir.
- Participación en los gananciales: durante el matrimonio cada uno administra lo suyo y, al terminar el régimen, se compensan los gananciales de ambos y participan por mitades en el excedente (art. 1792-2).
Un ejemplo: Daniela y Rodrigo se casaron en Chile sin pactar nada, así que quedaron en sociedad conyugal. Años después firmaron una escritura pública para pasar a separación de bienes. Ese pacto solo produce efectos si se subinscribe al margen de la inscripción del matrimonio dentro de los 30 días siguientes a la escritura (art. 1723). Si piden el certificado sin inscripciones, el cambio no aparece; en el con inscripciones, sí.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa certificado de matrimonio con inscripciones?
Que además de los datos del matrimonio trae el régimen patrimonial y las subinscripciones, es decir, las anotaciones hechas al margen de la inscripción después de la boda: divorcio, nulidad o cambio de régimen de bienes. El «sin inscripciones» solo acredita que el matrimonio se celebró. Si no sabes cuál te piden, el con inscripciones es el más completo.
¿Puedo pedir el certificado de matrimonio de mis padres?
Intenta primero por el sitio web o la aplicación del Registro Civil con los datos que te pida el formulario. Si la descarga en línea no te lo entrega, pídelo en una oficina del Registro Civil llevando los nombres y el RUN de tus padres, o consulta antes en el 600 370 2000. En oficina tiene costo según el tipo que elijas.
¿El certificado muestra el régimen patrimonial?
Solo el de todo trámite con inscripciones. Ese indica el régimen elegido y, si los cónyuges lo cambiaron después de casarse por escritura pública, el pacto aparece subinscrito al margen. Si un banco, una notaría o un tribunal te pide acreditar bajo qué régimen estás casado, el sin inscripciones no basta.
¿El certificado sirve como prueba de que el matrimonio sigue vigente?
Sí, el con inscripciones emitido hace poco. La sentencia de divorcio y la de nulidad deben subinscribirse al margen de la inscripción del matrimonio (Ley 19.947, arts. 50 y 59), así que, si no aparece ninguna, el matrimonio seguía vigente el día en que se emitió el certificado.
¿Desde cuándo figura el divorcio en el certificado?
Desde que la sentencia ejecutoriada se subinscribe al margen de la inscripción del matrimonio. La Ley 19.947 dice que el divorcio produce efectos entre los cónyuges desde que la sentencia queda ejecutoriada, pero solo con la subinscripción se vuelve oponible a terceros y ambos adquieren el estado civil de divorciados (art. 59).
Consulta todos los certificados en Chile. Si en vez de casarte celebraste un Acuerdo de Unión Civil (AUC), ese tiene su propio certificado, y para usar este documento fuera del país revisa el proceso de apostilla.
