La devolución de impuestos es el dinero que el SII te reintegra cuando los pagos provisionales (PPM, retenciones, créditos) superan el impuesto anual que te corresponde pagar. Miles de trabajadores y honorarios reciben entre abril y mayo montos que pueden ir desde algunos miles hasta varios millones de pesos. Aquí te contamos fechas, cómo consultar y por qué podría no llegarte.
Calendario 2026 según fecha de declaración
El SII paga la devolución en tres tandas, dependiendo de cuándo hayas declarado tu Formulario 22:
- Declaran entre el 1 y el 8 de abril: pago adelantado el 29 de abril.
- Declaran entre el 9 y el 23 de abril: pago el 15 de mayo.
- Declaran entre el 24 de abril y el 8 de mayo: pago el 27 de mayo.
- Pago por cheque: el 29 de mayo, sin importar cuándo declararon.
Declarar temprano no solo adelanta el dinero: también reduce el riesgo de bloqueos si el SII te pide algún documento adicional.
Cómo consultar tu devolución
- Entra a sii.cl con tu Clave Tributaria o Clave Única.
- Ve a «Servicios online» → «Declaración de Renta» → «Consulta estado de renta».
- Revisa el estado: ¿Aceptada, observada, con giro, con devolución?
- Si aparece «con devolución», revisa el monto y el medio de pago.
- El día del pago el dinero aparece en tu cuenta bancaria registrada, o disponible en BancoEstado si no tienes cuenta propia.
¿Cómo se recibe el dinero?
- Depósito en cuenta bancaria: la más rápida. Debes tener registrada una cuenta a tu nombre en el SII.
- BancoEstado CuentaRUT: ideal si no tienes banco. Se retira con cédula.
- Cheque: se envía a la dirección tributaria. Pagos el 29 de mayo.
¿Por qué podría no llegar o llegar menos?
- Deudas con Tesorería (Permiso de Circulación, Impuesto Territorial, CAE): el SII retiene a favor de Tesorería.
- Pensiones alimenticias morosas (Registro Nacional de Deudores): retención total o parcial.
- Observaciones del SII: gastos declarados sin respaldo, diferencias con datos de empleadores o AFP.
- Cuenta bancaria mal ingresada: el pago queda pendiente hasta que corrijas en sii.cl.
Qué hacer si la declaración queda observada
Si tu estado dice «Observada», el SII detectó diferencias y necesita que respondas. Entra al detalle, identifica la observación (aparece con código A, B, F o G) y sube los documentos pedidos. La más común es la observación por diferencia de sueldos informados: se corrige con los certificados de renta del empleador. Resuelta la observación, el pago se libera en la tanda siguiente del calendario.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar para recibir devolución?
Sí. Aunque el empleador haya retenido impuesto todo el año, la devolución se gatilla al presentar el Formulario 22.
¿A mí me corresponde devolución?
Revisa tu propuesta en sii.cl: si aparece cantidad a favor, sí. Casos típicos: trabajadores con segundo empleador, honorarios que cotizaron más del impuesto debido, APV pagado durante 2025, créditos por hijos en educación.
¿Qué pasa si tengo deuda de pensión alimenticia?
Desde la Ley 21.389 (Registro Nacional de Deudores), la Tesorería retiene la devolución y la entrega a la madre o padre demandante. Si no quieres perderla, ponte al día antes de declarar.
¿Puedo rectificar si olvidé un gasto?
Sí. Dentro del plazo de 3 años puedes rectificar tu declaración en sii.cl. Si el cambio genera más devolución, se paga en la siguiente tanda programada.
Revisa más sobre trámites del Estado. También te puede interesar cómo funciona la Operación Renta 2026 y cómo emitir tu boleta de honorarios.
